La construcción y operación de dos centrales termoeléctricas de ciclo combinado, un gasoducto y un acueducto, asentados en suelos de Puebla, Tlaxcala y Morelos, se hicieron a costa de la violación de los derechos humanos de 60 pueblos indígenas, a los que ahora se les deberá resarcir el daño ocasionado, según lo reconoce la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).
Lo anterior quedó asentado en la recomendación 03/2018 emitida por Comisión, luego de atender 34 quejas de 60 localidades, cuyos pobladores consideraron que fueron violentados en su derecho a la consulta previa, libre, informada de buena fe y culturalmente adecuada para pueblos indígenas, en relación a las obras de energía consideradas dentro del llamado Proyecto Integral Morelos.
En la más reciente recomendación de la CNDH se establecen responsabilidades para los titulares de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), y de la Comisión Nacional de para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI), quienes incumplieron con el derecho elemental de preguntar a los pobladores naturales si estaban de acuerdo o no con las citadas obras de desarrollo que se asentaron o cruzan por sus territorios.
Las comunidades, que serán resarcidas por las omisiones de las citadas dependencias del gobierno federal, pertenecen a los municipios de Tlaxco, Hueyotilpan, Ixtacuixtla, Santa Ana Nopalucan, San Damián Texoloc, Santa Apolonia Teacalco, y Nativitas, en el estado de Tlaxcala; Huejotzingo, San Pedro Cholula, Tecuanipan, Ocoyucan, Atlixco, Huaquechula, Atzitzihuacan, Acteopan, Cohuecan, Santa Isabel Cholula, Atzompa, en Puebla; y Jantetelco, Temoac, Ayala y Yecapixtla, en Morelos.
La población afectada por los proyectos de desarrollo en estos tres estados, impulsados por parte del gobierno federal con la participación de empresas de capital privado, es de 960 mil 863 personas, según lo establece la CNDH, pero, de ese conjunto, se estima que por lo menos 51 mil 30 personas son indígenas, concentrándose la mayor proporción de esta población en el estado de Puebla.
Entre las incidencias, que hicieron que la CNDH determine la reparación del daño a los pueblos afectados por el Proyecto Integral Morelos, destaca el hecho de que, en algunas partes del trazo del gasoducto, éste pasa a menos de 500 metros de distancia de los núcleos poblacionales que se dijeron afectados.
Además de la afectación antes mencionada, la obra también representa un alto riesgo, pues el trazo del gasoducto toca algunas de las partes consideradas dentro del perímetro del volcán Popocatépetl, donde la sismicidad es constante, pero no fue tomada en cuenta por los desarrolladores del proyecto.
Por esa razón, la CNDH determinó, además de obligar a la reparación del daño a los habitantes afectados, que la CFE “implemente un programa de mantenimiento riguroso en la totalidad de la infraestructura que compone el proyecto durante toda la vida útil del mismo”, a fin de evitar accidentes que se pudieran presentar en lo sucesivo.