Validan la derrota de ‘Paco Moches’

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) validó la derrota del panista Francisco Rojas Toledo “Paco Moches” en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.

Reporte Indigo presentó un video en el que se muestra al panista Francisco Rojas Toledo cuando recibe “moches” por parte de un empresario para financiar su campaña a la alcaldía de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.

Indigo Staff Indigo Staff Publicado el
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El TEPJF indicó que ‘se determinó privilegiar la voluntad de la ciudadanía expresada en las urnas’

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) validó la derrota del panista Francisco Rojas Toledo “Paco Moches” en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.

Reporte Indigo presentó un video en el que se muestra al panista Francisco Rojas Toledo cuando recibe “moches” por parte de un empresario para financiar su campaña a la alcaldía de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.

En el recurso SUP-REC-784/2015, el Tribunal Electoral confirmó “la validez de la elección en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, así como la expedición de la constancia de mayoría a los integrantes de la planilla encabezada por Luis Fernando Castellanos Cal y Mayor, postulado por la coalición conformada por los partidos Verde Ecologista de México (PVEM), Revolucionario Institucional (PRI), Nueva Alianza y Chiapas Unido”.

Por mayoría de votos se determinó que las irregularidades denunciadas por el Partido Acción Nacional (PAN) fueron insuficientes para anular la elección, ya que eran de carácter procesal y no tienen un efecto directo en el resultado.

El TEPJF indicó que “se determinó privilegiar la voluntad de la ciudadanía expresada en las urnas”.

Voluntad de votantes

El magistrado Flavio Galván Rivera precisó que aun cuando se violó el debido proceso no se puede dejar de tomar en cuenta la voluntad ciudadana expresada en las urnas: “Las violaciones procesales en que pudieran haber incurrido los jueces que antecedieron en el conocimiento de este asunto pueden ser motivo de responsabilidad, pero no pueden ser causa de nulidad de la elección”.

El magistrado presidente de la Sala Superior, Constancio Carrasco Daza, comentó que en la especie, se analizó integralmente el acervo probatorio; apreciando el entorno que enmarcó el proceso electoral en la entidad. En ese contexto, afirmó que en el caso concreto no se observó la actualización de violaciones sustanciales que trastocaran la esencia de la elección como lo es la votación, únicamente se observaron irregularidades de carácter procesal que no generan la nulidad de la elección planteada.

La magistrada María del Carmen Alanis Figueroa no coincidió con los exámenes de constitucionalidad y legalidad contenidos en el proyecto, puesto que para ella se debían revocar las sentencias que confirman la validez de esa elección. Además, consideró que se debía proceder a celebrar una elección extraordinaria. 

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