Perderán alcaldes el control

Las reformas a la Ley de Desarrollo Urbano del estado que aprobarán el uso de suelo mixto, impedirá a los inspectores y alcaldes de los municipios metropolitanos sancionar a los comerciantes cuando por una u otra razón cambien su giro.

Con este reglamento, las pequeñas y medianas empresas, y los desarrolladores tendrán vía libre para operar y comercializar cualquier producto sin informar al Municipio de sus cambios, evitando largos trámites burocráticos y costos, los que eventualmente se convertían en “moche” para los inspectores.

Jesús Padilla Jesús Padilla Publicado el
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“La planeación del desarrollo urbano no confiere a los propietarios o poseedores de áreas y predios derecho alguno a exigir una indemnización, salvo casos previstos en la presente Ley”
Mauricio FernándezAlcalde de San Pedro Garza García
Actualmente, los Municipios son juez y parte en materia de Desarrollo Urbano, por eso los ediles intentan continuar aplicando los controles

Las reformas a la Ley de Desarrollo Urbano del estado que aprobarán el uso de suelo mixto, impedirá a los inspectores y alcaldes de los municipios metropolitanos sancionar a los comerciantes cuando por una u otra razón cambien su giro.

Con este reglamento, las pequeñas y medianas empresas, y los desarrolladores tendrán vía libre para operar y comercializar cualquier producto sin informar al Municipio de sus cambios, evitando largos trámites burocráticos y costos, los que eventualmente se convertían en “moche” para los inspectores.

Actualmente, los municipios son juez y parte en materia de Desarrollo Urbano y es por eso que los ediles metropolitanos intentan continuar aplicando los controles, suspensiones y clausuras de los negocios. El Artículo 52 fracción primera de la Ley General de Asentamiento Humano federal detalla:

“La legislación estatal en la materia señalará los requisitos y alcances de las acciones de Fundación, Conservación, Mejoramiento y Crecimiento de los Centros de Población, y establecerá las disposiciones para:

“La asignación de Usos del suelo y Destinos compatibles, promoviendo la mezcla de Usos del suelo mixtos, procurando integrar las zonas residenciales, comerciales y centros de trabajo, impidiendo la expansión física desordenada de los centros de población y la adecuada estructura vial”

Pero con el nuevo reglamento, los comerciantes no tendrán la obligación de especificar el cambio de giro del comercio, sin embargo, los alcaldes están luchando para que se modifique un artículo para que, en el uso de suelo comercial, se tenga que obligar al dueño a señalar cuál es su giro.

Los funcionarios también buscarían que los usos de suelo industrial, residencial y de servicios estén incluidos en esas modificaciones.

Pagos y moches

Actualmente, si por ejemplo el uso de suelo es para taller eléctrico, pero el dueño desea realizar reparaciones de motor, debe pagar por el cambio de giro. Esto de pie para que algunos inspectores municipales pidan “moche” y estén a la “cacería” de que los pequeños negocios cumplan con su giro.

Cabildean empresas ley de Desarrollo Urbano

Reporte Indigo publicó que la nueva legislatura abriría la puerta a una explotación del uso de suelo de los municipios para la llegada de edificaciones verticales y, además, no obliga a tener cajones de estacionamiento.

Un juez estaría a cargo

La Asociación Metropolitana de Alcaldes (AMA) se pronunció en contra de las reformas a la Ley de Desarrollo Urbano.

La presidenta de esta asociación, la alcaldesa de Escobedo, Clara Luz Flores, dijo que presentaron una iniciativa en el Congreso para que se quite este uso mixto del reglamento estatal.

“Si se quedara en la Ley el uso de suelo mixto, sería para cualquier tipo de uso de suelo, (por lo que) puede estar una fabrica a lado de una casa-habitación.

“La Ley obliga que todas las clausuras o modificaciones, sanciones o revocaciones de permisos tendría que ser a través de un juez, imagínese que incluso la construcción de una barda no se podrá limitar por parte de la autoridad municipal”, dijo.

Con las reformas a la Ley de Desarrollo Urbano se pretende que un juez civil decida si hay motivos para cerrar, suspender y clausurar un negocio u obra.

La Ley General de Asentamiento Humano federal. El Artículo 60, fracción séptima, de esta Ley General federal permite que los comerciantes y desarrolladores al sentirse afectados en sus intereses puedan ir al Poder Judicial a emitir una resolución ,y no los inspectores.

“La legislación estatal deberá definir los casos y condiciones para la suspensión y obras en construcción, que deberá ser producto de resolución judicial”, dice el artículo.

San Pedro se niega

 El Municipio de San Pedro, a cargo del alcalde Mauricio Fernández, planteó que se modifique un artículo en la Ley de Desarrollo Urbano para evitar que el Municipio tenga que pagar alguna indemnización a los propietarios de predio o inmobiliario si algún plan urbano municipal afecta su patrimonio.

El nuevo reglamento garantiza los derechos de los propietarios para que estén debidamente protegidos, pero Fernández refutó esto.

Documentos en poder de Reporte Indigo revelan que dentro de sus sugerencias a la Comisión de Desarrollo Urbano del Congreso local está que el Municipio esté exento de cualquier posible indemnización.

“La planeación del desarrollo urbano no confiere a los propietarios o poseedores de áreas y predios derecho alguno a exigir una indemnización, salvo casos previstos en la presente Ley”, dice la propuesta del edil.

Esto sería inconstitucional y tendría que estar establecida en la Ley de Expropiación federal.

También pretende la reubicación de la población asentada en zona de alto riesgo, derechos de vía y zonas de restricción, pero esto viola el Artículo 32 fracción 5, 6 y 7 de la Ley General de Asentamientos Humanos federal. Y sería inconstitucional ponerlo en la Ley de Desarrollo Urbano estatal, que establece que las poblaciones carentes de servicios por reglamento deberían tenerlos.

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