Una ley víctima de retrasos

La Ley General de Víctimas ha sido una paradoja desde la aprobación de la minuta para su creación.

Víctima de múltiples retrasos, la legislación que busca reparar el daño a quienes han sufrido violaciones a derechos humanos, ha llevado un proceso de más de 3 años para llegar a la promulgación de su reglamento.

La ley comenzó a redactarse en junio de 2011 tras las reuniones de víctimas de la violencia con Felipe Calderón. Ahí se exigió que se garantizara la atención y protección de los afectados por la inseguridad en el país.

Carolina Hernández Carolina Hernández Publicado el
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La Ley General de Víctimas ha sido una paradoja desde la aprobación de la minuta para su creación.

Víctima de múltiples retrasos, la legislación que busca reparar el daño a quienes han sufrido violaciones a derechos humanos, ha llevado un proceso de más de 3 años para llegar a la promulgación de su reglamento.

La ley comenzó a redactarse en junio de 2011 tras las reuniones de víctimas de la violencia con Felipe Calderón. Ahí se exigió que se garantizara la atención y protección de los afectados por la inseguridad en el país.

De acuerdo con Amnistía Internacional (AI), en México el 64 por ciento de las mexicanas y los mexicanos encuestados declararon tener miedo de sufrir tortura en caso de ser puestos bajo custodia.

Según la organización, desde 2010 hasta finales de 2013, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) recibió más de 7 mil quejas por torturas y malos tratos.

La iniciativa de Ley se presentó en el Senado en abril de 2012 para establecer la obligación del Estado de brindar apoyo económico y protección a las víctimas de la violencia y a sus familiares.

Pero su peregrinar fue accidentado. En julio del 2013, aunque ya había sido aprobada tanto por el Ejecutivo como por el Legislativo, Calderón regresó la ley al Congreso con el argumento de que contenía imprecisiones.

Posteriormente interpuso una controversia ante la Suprema Corte de Justicia para evitar la promulgación de la legislación.

En su informe titulado “Fuera de control: Tortura y otros malos tratos en México”, AI señaló que víctimas de distintas partes del país habían sido objeto de palizas, amenazas de muerte, violencia sexual, descargas eléctricas y semiasfixia a manos de la policía o las fuerzas armadas, a menudo con el fin de obtener “confesiones” o para que incriminasen a otras personas en delitos graves.

Por eso, la promulgación de la Ley General de Víctimas fue una de las principales promesas de Enrique Peña Nieto.

Incluso, en su discurso de toma de posesión el 1 de diciembre, el mandatario advirtió que se desistiría el recurso legal interpuesto por Calderón, el cual impedía la promulgación de la ley.

A su llegada a Los Pinos, Peña Nieto desistió de la controversia y la Ley fue publicada el Diario Oficial de la Federación, aunque quedó pendiente el reglamento para implementarla.

Pasaron casi dos años más para que se publicara el reglamento que permite proveer de las herramientas administrativas necesarias para hacer efectivos los derechos de las víctimas que contiene la Ley.

El registro

El Registro Nacional de Víctimas será la unidad administrativa encargada de llevar y salvaguardar el padrón de víctimas a nivel nacional.

El registro será individual, de tal forma que cada víctima cuenta con su propio registro, respecto del cual se emitirá la constancia correspondiente.

Cuando se detecte que la víctima ya cuenta con un registro previo, se acordará su acumulación, ya sea que se trate de los mismos o de nuevos hechos.

Para la atención

Toda persona que haya sido víctima de delito o de violación a sus derechos humanos, puede recibir las medidas de atención, asistencia y protección inmediata, en tanto se determine su ingreso al Registro Nacional de Víctimas.

1. La víctima acude a la Comisión Ejecutiva, la cual le dará a conocer los derechos que en su favor establece la normativa vigente y el modo de ejercerlos.

2. Completará el Formato en los casos en que no se haya llevado a cabo con anterioridad y lo remitirá al Comité Interdisciplinario Evaluador.

3. Realizará la canalización que corresponda con las instancias competentes.

4. En caso de que de la entrevista inicial se determine la necesidad de tratamiento especializado de urgencia, la Comisión realizará las gestiones necesarias para solicitar las medidas cautelares o de protección.

¿Cómo pueden disponer de ese dinero?

1. Las víctimas deben estar inscritas en el Registro Nacional de Víctimas.

2. La víctima presentará su solicitud por escrito conforme a  la propia Ley, este Reglamento y los lineamientos que al efecto emita la propia Comisión.

3. La Comisión Ejecutiva, en los casos de delitos del orden federal, determinará la procedencia de los pagos con cargo al Fondo, siempre y cuando se cumplan los requisitos y procedimientos establecidos en la Ley y en este Reglamento.

El peregrinar de la Ley

Desde abril del 2012, la Ley General de Víctimas ha estado en proceso. La semana pasada, por fin se publicó el reglamento que especifica la forma en que será aplicada esta legislación.

> 30 de abril de 2012
La Minuta de la Ley General de Víctimas es aprobada por unanimidad por el pleno de la Cámara de Diputados, en los términos en que la envió el Senado de la República.

> 1 de mayo de 2012
La ONU celebra aprobación de la Ley de Víctimas y Ley de Protección de Periodistas y Defensores de Derechos Humanos

> 10 de mayo de 2012
Se remite el decreto de la Ley General de Víctimas al Ejecutivo.

> 31 de mayo de 2012
El Movimiento por la Paz hace un llamado a la Cámara de Diputados para aclarar la situación que guarda la aprobada Ley General de Víctimas.

> 19 de junio de 2012
Se cumple el límite del Poder Ejecutivo para publicar la Ley General de Víctimas.

> 29 de junio de 2012
El Senado solicita a la Segob girar  instrucciones para que se publique en el diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se expide la Ley General de Víctimas.

> 1 de julio de 2012
La subsecretaría de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación devuelve la Ley General de Víctimas con observaciones.

> 19 de julio  de 2012
El Poder Ejecutivo presenta Controversia Constitucional ante la Orden del Senado de publicar la de Ley General de Víctimas.

> 24 de julio de 2012
La Suprema Corte de Justicia admite a trámite la controversia constitucional enviada por Felipe Calderón para detener la publicación de la Ley General de Víctimas y buscar que el Congreso le haga modificaciones.

> 30 de agosto  de 2012
Felipe Calderón presenta al Congreso una nueva iniciativa de Ley de Víctimas, en medio de la disputa que su gobierno sostiene con el Poder Legislativo por el anterior proyecto.

> 1 de diciembre  de 2012
Enrique Peña Nieto instruye a la Consejería Jurídica de la Segob desistirse de la controversia constitucional sobre la Ley General de Víctimas.

> 9 de enero de 2013
Se publica en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se expide la Ley General de Víctimas. Se prevé integrar el reglamento correspondiente y publicarlo en un plazo no mayor a seis meses.

> 10 de enero
El Movimiento por la Paz asegura que sin un Sistema Nacional de Atención de Víctimas la ley será ‘solo letra muerta’.

> 19 de febrero de 2013
Presentan Movimiento por la Paz y Senadores la  Iniciativa de Reforma a la Ley General de Víctimas.

> 21 de marzo de 2013
Se aprueba en el Senado de la República el Dictamen de Reformas a la Ley General de Víctimas.

> 9 junio de 2013
Se cumple el plazo para la publicación del decreto para integrar el reglamento correspondiente y publicarlo.

> 27 de noviembre de 2014
Anuncia Enrique Peña Nieto el reglamento de la Ley; el Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral y el Registro Nacional de Víctimas.

> 28 de noviembre de 2014
Se publica en el Diario Oficial de la Federación el reglamento que ya prevé el fondo económico, aunque para ser integrado tiene hasta el último día de febrero próximo.

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