Es importante destacar que el proceso para ello es complejo
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¿Una casa abandonada se puede reclamar legalmente en México? Estos son los requisitos

En México el precio de la vivienda se ha incrementado debido a la inflación, por lo que es más difícil adquirir un inmueble propio

En distintas partes de México, se pueden ver varias casas sin algún habitante que llegan a ser cientos y que han sido desalojadas por emergencias, falta de pagos o deudas; por lo que muchos se preguntan si una casa abandonada se puede reclamar legalmente.

¿Se puede reclamar una casa abandonada?

En primer lugar, las casas abandonadas tienen la posibilidad de ser habitadas ya que los mexicanos pueden reclamar alguna de ellas siguiendo un trámite legal.

Lo anterior en medio del contexto en el que en México el precio de la vivienda se ha incrementado debido a la inflación, por lo que es más difícil adquirir un inmueble propio.

Una opción viable

Los mexicanos han visto como una opción viable la posibilidad de adquirir una casa deshabitada, por lo que si eres alguno de ellos te decimos la manera en cómo puedes hacerlo.

¿Cómo reclamar una casa abandonada?

Sí, una casa abandonada tiene la posibilidad de ser habitada y reclamada bajo ciertos requisitos, estrategias legales y procedimientos burocráticos especiales.

Por medio de la figura de la Prescripción Adquisitiva, es posible que una persona reclame como propia una casa abandonada tomando posesión del inmueble y convirtiéndose en su propietario.

Sin embargo, es importante destacar que el proceso para ello es complejo, lento y requiere la intervención y resolución de un juez.

La prescripción en el Derecho

La prescripción positiva indica que si una persona ha habitado una casa abandonada en un espacio de entre 5 a 10 años, se le puede conceder el título de la propiedad.

Al contrario, en la prescripción negativa, si no se ejerció el respectivo derecho sobre la propiedad de una casa, se pierde la posesión de la misma.

¿Tiene costo?

Sea cual sea la forma de reclamar una casa abandonada, tiene un precio pues debe realizarse acompañado de un juez.

El Código Civil Federal señala en su Artículo 1151:

1-En cinco años, cuando se poseen en concepto de propietario, con buena fe, pacífica, continua y públicamente.

2-En cinco años, cuando los inmuebles hayan sido objeto de una inscripción de posesión.

-En diez años, cuando se poseen de mala fe , si la posesión es en concepto de propietario, pacífica, continua y pública. Por mala fe se refiere a cuando la prescripción se lleva a cabo sabiendo que el inmueble deshabitado tiene un dueño legítimo.

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