Un tribunal de apelación en la Ciudad de México ha confirmado la decisión de prohibir a la Fiscalía General de la República (FGR) el uso de información bancaria obtenida de Suiza y Brasil como evidencia en el caso de Emilio Lozoya, exdirector de Petróleos Mexicanos (Pemex), quien enfrenta acusaciones de recibir sobornos millonarios de la constructora brasileña Odebrecht.
La determinación del tribunal se basa en la consideración de que la información financiera se obtuvo sin la debida autorización judicial, lo que constituye una violación al secreto bancario.
Los datos en cuestión abarcan los estados de cuenta de las empresas de Lozoya en Suiza, así como los registros bancarios de las transferencias efectuadas por las empresas offshore Innovation Research Engineering and Development Ltd., Latin American Asia Capital Holding y Zecapan, presuntamente utilizadas por Odebrecht para el pago de sobornos a Lozoya.
¿Por qué no se puede usar la información contra Lozoya?
El fallo emitido por el Primer Tribunal Colegiado de Apelación en materia Penal destaca que, sin importar la procedencia de la información a través de un mecanismo de asistencia jurídica internacional, la restricción constitucional que prohíbe la obtención de información bancaria sin autorización judicial se aplica de manera uniforme.
Previamente, la FGR había presentado una apelación contra la decisión del juez Gerardo Genaro Alarcón López, quien en marzo pasado excluyó 24 pruebas que los fiscales planeaban utilizar en el juicio contra Lozoya en el caso Odebrecht.
El tribunal de apelación revocó parcialmente la decisión del juez Alarcón y permitió la admisión de la acusación presentada por el Departamento de Justicia de Estados Unidos contra Marcelo Odebrecht, propietario de la constructora, quien había alcanzado un acuerdo de culpabilidad con el gobierno estadounidense y mencionado a varios funcionarios de otros países, incluyendo a Lozoya, como beneficiarios de los sobornos de Odebrecht.
¿Qué sigue en el caso de Lozoya?
Sin embargo, los magistrados del tribunal señalaron que la información excluida por el juez Alarcón no puede ser considerada como antecedentes procesales, dado que la FGR no la presentó como tal.
El proceso judicial relacionado con los sobornos de Odebrecht es el único que sigue pendiente en contra de Emilio Lozoya, ya que el caso Agronitrogenados se suspendió al considerar que los más de 200 millones de dólares acordados como reparación del daño por el empresario Alonso Ancira también debían contabilizarse para cumplir con el pago exigido por UIF y Pemex, que asciende a 30 millones de dólares.
Esta resolución está sujeta a ser impugnada a través de un amparo por parte de la Unidad de Inteligencia Financiera o Petróleos Mexicanos, quienes son reconocidos como víctimas en el caso y han acusado a Lozoya de lavado de dinero, asociación delictuosa y cohecho.