Se marcó un precedente histórico y jurídico en Nuevo León: una instancia judicial pidió retirar la titularidad notarial del padre del gobernador y del ex procurador.
Después de un litigio que duró tres años, un Tribunal Federal declaró insubsistentes las designaciones de Humberto Medina Ainslie, padre de Rodrigo Medina, y del ex procurador Luis Carlos Treviño Berchelmann.
Ahora las notarías funcionarán con los suplentes de ambos, hasta que haya una resolución definitiva.
Ambos ex funcionarios estatales recibieron en 2009 las titularidades de las notarías 18 y 147, respectivamente, por el ex mandatario Natividad González Parás.
En una resolución jurídica, el pasado 13 de diciembre el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa emitió la sentencia donde declara insubsistente la designación que le permitía ejercer sus funciones a ambos.
“Debe quedar insubsistente el procedimiento de elección, designación y expedición de patentes en favor de los terceros perjudicados, titulares de las notarías públicas 18 y 147”, se lee en la resolución en poder de Reporte Indigo.
Tras el fallo, el Tribunal Colegiado enviaría el expediente al Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa, que tendría un plazo de 24 horas para notificar a las autoridades responsables para que revoquen las patentes.
Este litigio fue promovido por Juan Antonio Rodríguez Sepúlveda, quien alegó discriminación en el reparto de notarías y a quien le fue revocada su patente como fedatario suplente, como Reporte Indigo dio a conocer desde hace tres años.
El quejoso, representado por el abogado Valdemar Martínez, obtuvo en octubre de 2011 un amparo en el Tribunal Colegiado que tenía como efecto la revocación de las patentes de Medina Anslie y Treviño Berchelmann.
En diciembre del mismo año la instancia emplazó al gobernador a cumplir con esa resolución, porque consideró que el quejoso no estaba en igualdad de oportunidad y condiciones en la obtención de los derechos para ejercer funciones como notario.
Sin embargo, la autoridad no actuó y Martínez interpuso la queja número 132/2012 en contra del Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa, dado que su cliente alegó que hubo deficiencias en el cumplimiento de esa sentencia.
Después de resolver que la queja estaba fundada, el Tribunal Colegiado emitió la sentencia para revocar las patentes.
En igualdad de condiciones
Medina Ainslie y Treviño Berchelmann están impedidos de presentar algún medio de defensa hasta que se concluya el proceso de revocación y estén en igualdad de condiciones para obtener una patente como notarios.
Esto implica que después de cumplirse la orden, tanto el quejoso como los ex funcionarios deben aprobar los exámenes profesionales si quieren ejercer la función como fedatarios y cumplir con todos los requisitos de la Ley Estatal del Notariado.
Y aún si cumple con los trámites, Medina Ainslie estaría impedido de continuar con sus funciones, porque el gobernador entraría en un conflicto de intereses.
El Ejecutivo es la autoridad responsable de expedir las patentes, lo cual le impide a Rodrigo Medina otorgar una para su padre.
Por eso es que el abogado Valdemar Martínez asegura que el mandatario estaría imposibilitado de fallar a favor de su padre y ratificarlo en sus funciones.
La resolución de los magistrados indica que debe situar a todas las partes en un plano de igualdad y no discriminación, y los regresa al estado en que se encontraban antes de la expedición de las patentes.
El Tribunal Colegiado resolvió que el quejoso y los notarios deben de ser evaluados, aprobar los exámenes teórico-prácticos que se necesitan para ejercer como fedatarios y cumplir con los requisitos de la Ley de Notariado de Nuevo León.
“Y con base en el proceso de selección, hacer una evaluación conjunta de las citadas solicitudes, la documentación y requisitos, y proveer sobre los exámenes teóricos y prácticos de los terceros perjudicados y quejoso (….)
“Para que en estricto cumplimiento de los requisitos de fundamentación y motivación que exige el artículo 16 Constitucional, resuelva en alcance de la ejecutoria y en uso de facultad discrecional, de forma razonada y objetiva, sobre la designación de notarios y la correspondiente expedición de las patentes”.
El Tribunal Colegiado ordenó que después de la revocación, dos notarías –de las cuales reservó los números- deberán suplir las funciones que ejercían Medina Anslie y Treviño Berchelmann.
Un largo litigio
La batalla legal que hasta la fecha ha sumado 11 amparos fue emprendida por Juan Antonio Rodríguez Sepúlveda y su abogado Valdemar Martínez en 2009, cuando Reporte Indigo dio a conocer el caso.
El largo litigio tenía el objetivo de que se respetara la “costumbre notarial” en la Notaría Pública 49, que perteneció al padre del quejoso y en la que él mismo trabajó como fedatario suplente.
La notaría ubicada en Santa Catarina le fue asignada tras la muerte de su padre.
Rodríguez Sepúlveda alegó que el entonces subsecretario de Atención Ciudadana y ahora secretario General de Gobierno, Álvaro Ibarra, le exigió un pago por algo que por costumbre le pertenecía.
Al verse imposibilitado a pagar esa cantidad monetaria, las autoridades le retiraron la titularidad de la notaría, a pesar de que existen casos en los que los titulares (padres) heredan a los suplentes (hijos) las patentes.
Rodríguez Sepúlveda trabajó desde 1995 como notario suplente al lado de su padre, hasta que éste murió el 8 de febrero de 2006.
Aunque el denunciante solicitó durante dos años la titularidad de la notaría, no recibió respuesta del ex gobernador Natividad González Parás.
Aunque la “costumbre notarial” no aparece en la Ley del Notariado, desde el 1 de julio de 1957 hasta el 12 de noviembre de 2008 había al menos 25 casos en los que el padre donó o heredó a su hijo la titularidad, como dio a conocer la representación legal del quejoso.