La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) consideró que el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO), sí cometió violencia política de género contra la excandidata a la Presidencia de la coalición ‘Fuerza y Corazón por México’, Xóchitl Gálvez.
Sala Especializada señala que AMLO quiso menoscabar los derechos de Gálvez
La Sala Especializada acreditó la infracción sobre las expresiones que hizo el mandatario acerca de que Gálvez “obtuvo la candidatura por decisión de un grupo de personas con poder político que la designaron para utilizar su imagen como una mujer de pueblo, y que con ello pretende causar simpatía en el electorado”.
El organismo determinó que las palabras que emitió el mandatario constituyen violencia simbólica con el objeto de menoscabar el reconocimiento de los derechos políticos de Gálvez, con base en carácter de mujer e indígena, al reforzar el estereotipo de inferioridad o dependencia para acceder a cargos públicos, y que no es autónoma en sus decisiones.
¿Cuándo ocurrieron las agresiones contra Xóchitl Gálvez?
Esto, debido a las declaraciones que López Obrador realizó en las conferencias mañaneras realizadas los días 3, 5, 10, 11 y 14 de julio, así como el 3, 7 y el 18 de agosto de 2023. Además, el organismo recalcó que el mandatario se negó a reconocer su trayectoria como funcionaria pública.
“Es existente la violencia política contra las mujeres en razón de género por parte de las personas servidoras públicas indicadas en los términos y para los efectos precisados en la resolución”, precisó la resolución de la Sala Especializada.
El Pleno consideró que aquellas expresiones en las que AMLO sostuvo que la denunciante obtuvo una candidatura por decisión de un grupo de personas con poder político, y aludió que en su calidad como representante de los pueblos indígenas, reforzaron su estereotipo de inferioridad.
¿Cuál será la sanción para AMLO?
Pese a que la acusación es sostenible, la ley impide sancionar al Presidente de la República por estas faltas en materia electoral, por lo que sólo se acreditó su responsabilidad. Por ello, tampoco le fueron dictadas medidas de reparación integral como la inscripción en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política en Razón de Género del INE.
Vale mencionar que la Ley Electoral considera este tipo de delitos como graves y entre las múltiples sanciones que podría acarrear se encuentran la reducción de financiamiento público y la cancelación del registro como partido político.
La sanción impone de tres a nueve años de prisión multa de 50 a 500 días de destitución e inhabilitación de tres a nueve años para desempeñar otro cargo, empleo o comisión públicos. Además, aumentan si las conductas se emiten contra una mujer perteneciente a la comunidad indigena, como es el caso de Xóchitl.
Otros funcionarios públicos estuvieron implicados en el delito
Es preciso indicar que también se determinó su responsabilidad indirecta de las personas que participan en la difusión de las mañaneras, y se dio vista a las áreas correspondientes. Tal es el caso de:
- Jesús Ramírez Cuevas, coordinador de Comunicación Social y vocero de la Presidencia
- Jessica Ramírez González, directora general de Comunicación Digital
- Pedro Daniel Ramírez Pérez, jefe de departamento
- Sigfrido Barjau de la Rosa, director del Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales (Cepropie)
- Carlos Emiliano Calderón Mercado, coordinador de Estrategia Digital Nacional de la Oficina de la Presidencia