La Cámara de Diputados aprobó la nueva Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública con lagunas que fueron planteadas, incluso, por el INAI.
A decir de los diputados de Morena y Movimiento Ciudadano, la legislación contiene algunos vacíos que la debilitan y dejan huecos para la opacidad.
Entre las carencias, por ejemplo, no se aceptó hacer obligatoria la presentación pública de las declaraciones patrimonial, de intereses y fiscal de los servidores públicos –las llamadas 3de3-, como pidió Movimiento Ciudadano.
Además, se mantiene el esquema que facilita la elección por cuotas partidistas en el nombramiento de los consejeros del INAI; y se deja abierto el concepto de “seguridad nacional”.
Diputados de Morena señalaron que no se incluye como sujetos obligados –desde el artículo 1- a algunos entes de Pemex y CFE, y no se obliga a abrir sus contratos. Además de que no se contempla a las asociaciones público privadas como sujetos obligados.
Sin embargo, la nueva Ley representa un avance a la que estaba vigente.
Ahora, serán sujetos de la Ley de Transparencia los sindicatos, partidos políticos, bancadas del Congreso y hasta particulares que manejen recursos públicos.
La nueva disposición fue aprobada por 383 votos a favor, 32 abstenciones –de diputados de Morena- y uno en contra, del diputado independiente Manuel Clouthier.
Durante el proceso de dictaminación en comisiones, el PRI y el PVEM se negaron a hacer cambio alguno a la minuta aprobada por el Senado en noviembre pasado.
Empero, de último momento y tras una negociación final con el INAI, el lunes, los legisladores pactaron cambios a lo aprobado en el Senado.
‘Es una payasada’
El independiente Manuel Clouthier fue el único diputado que votó en contra de la nueva Ley de Transparencia.
En tribuna, el congresista fue contundente: “Discúlpenme, pero esto es una payasada”, soltó.
Clouthier se inconformó por el sistema de sanciones que la nueva Ley establece.
En su artículo 174, la Ley señala que al servidor público, miembro de los sindicatos o partidos políticos o personas físicas o morales que incumplan con sus obligaciones de transparencia podrán ser amonestados públicamente o multados con hasta mil 500 unidades de medida y actualización.
“La sanción es que lo van a regañar públicamente. ¿Ustedes creen, compañeros, que vamos a cambiar la cultura de caja negra, secrecía y opacidad en la administración pública de nuestro país regañando públicamente a los funcionarios públicos? Discúlpenme, pero esto es una payasada.
“Es decir, si queremos realmente cambiar la cultura, tiene que haber reales sanciones, si no, no va a pasar nada”, sentenció Clouthier.
Los diputados de Morena decidieron abstenerse en la votación porque, consideraron, quedaron algunos pendientes que dan lugar a la opacidad.
El punto principal que los congresistas de Morena trataron de incluir fue que todos los entes de Petróleos Mexicanos y de la Comisión Federal de Electricidad quedaran incluidos como sujetos obligados desde el artículo 1 de la Ley.
“Este asunto no es menor, porque a la fecha se ventilan en el INAI litigios por la negativa de filiales a proporcionar la información que solicitan los ciudadanos, al argumentar que al dejar de ser entidades paraestatales, dejaron de ser sujetos obligados para informar sobre los recursos públicos que reciben, por lo que rendir cuentas no está en la lista de sus prioridades”, explicó Mario Ariel Juárez, legislador de Morena.
Los diputados no aceptaron ese cambio propuesto por Morena argumentando que en la Ley ya se encuentran enumeradas las empresas productivas del Estado, sus filiales y subsidiarias, como sujetos obligados.
Aunque señalaron varios vacíos en la nueva Ley, la bancada de Movimiento Ciudadano votó a favor, pero señalando la fallas de la nueva legislación.
“Que sean obligatorias y públicas las declaraciones 3de3, que aunque serán discutidas en la legislación en materia de responsabilidades, no podemos dejarla fuera de una ley como ésta. Que se evalúe por instancias académicas a los aspirantes a comisionados del INAI.
“Que se corrijan errores evidentes de la ley como los relativos al salario mínimo y los derechos laborales de los trabajadores del INAI”, pidió Clemente Castañeda, coordinador de la bancada de Movimiento Ciudadano.
A pesar de que algunos puntos de los que pedía MC no fueron modificados, la bancada decidió votar a favor en lo general.
“La Ley de Transparencia sigue incompleta; sin embargo, votamos a favor porque representa un avance”, justificó Castañeda.
En las reservas, el pleno aprobó que se cambiara la redacción de los salarios mínimos por la unidad de medida y actualización, aprobada recientemente para sustituirlo; y también modificar el régimen laboral de los trabajadores del INAI.
En la minuta aprobada por el Senado se pretendía que todos los trabajadores del INAI quedaran bajo un régimen de trabajadores de confianza y no como servidores públicos pertenecientes al apartado B del artículo 123 constitucional.
Finalmente, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó que estarán considerados en ese apartado.
Además, durante la discusión del dictamen, Movimiento Ciudadano había pedido que se definiera claramente el concepto de “seguridad nacional” para evitar que con ese argumento se diera negativa a otorgar información. Se rechazó la modificación.
Pidieron también que se abrieran los contratos de deuda pública y las condiciones de la obtención de los compromisos financieros, sin que se realizaran esos cambios.
Otras modificaciones menores fueron hechas, como cambiar el término Distrito Federal por Ciudad de México o el cambio de unidad de medida de los salarios mínimos.
Todos bajo la lupa
En la nueva Ley de Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública se obligará a los tres poderes de la Unión, los tres niveles de gobierno y todos los entes públicos o privados que reciban dinero del Estado a transparentar su manejo.
Dentro de estos nuevos sujetos obligados estarán los fideicomisos, los sindicatos, los partidos políticos, las bancadas del Congreso de la Unión, que se sumarán a otros órganos autónomos, como el Instituto Nacional Electoral (INE) o la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y el propio INAI.
La nueva Ley establece que toda la información que posean los entes obligados es pública, salvo que sea clasificada como reservada “por razones de interés público y seguridad nacional”.
Sin embargo, queda asentado que no podrá reservarse información alguna que esté relacionada con violaciones graves de derechos humanos, delitos de lesa humanidad y actos de corrupción.
Se establece también la aplicación de la llamada “prueba de daño”, donde al negarse a dar una información, el ente debe probar que su conocimiento perjudicaría a la ciudadanía. Esto, empero, no podrá aplicarse en los casos de violaciones graves de derechos humanos, delitos de lesa humanidad y actos de corrupción.
La información que puede ser reservada es “aquella que comprometa la seguridad nacional, la seguridad pública o la defensa nacional; la que menoscabe la conducción de las negociaciones y relaciones internacionales; aquella que se entregue al Estado Mexicano expresamente con ese carácter (…) cuando afecte las políticas monetarias o financieras del país; la que ponga en riesgo la vida o integridad de una persona física; la que afecte los derechos del debido proceso”, establece.
La información, además, deberá tener un lenguaje sencillo y con la posibilidad de estar traducida a lenguas indígenas.
Además, cada sujeto obligado debe conformar una Unidad o un Comité de Transparencia para gestionar la aplicación de esta Ley.
La nueva Ley instituye también las sanciones que puede establecer el INAI, que van desde 150 y hasta mil 500 veces la unidad de medida y actualización (antes salario mínimo) y señala que, en caso de incumplimiento, podrá denunciar el incumplimiento ante las autoridades competentes.