Todas las alcaldías de la CDMX abusaron de las adjudicaciones directas en 2022

La Ley de Adquisiciones de la Ciudad de México establece que deben priorizarse los concursos de licitación
David Martínez David Martínez Publicado el
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En el año 2022, ninguna alcaldía de la Ciudad de México respetó la ley en materia de adjudicaciones.

Datos obtenidos a través de transparencia señalan que las demarcaciones capitalinas rebasaron el 20 por ciento de compras con adjudicación directa que tienen permitido realizar anualmente.

Con ello, los gobiernos cayeron en la misma mala práctica de administraciones anteriores, lo que representa una ventana de opacidad y corrupción, según organizaciones sociales.

El 2022 fue el primer año de Gobierno completo de la segunda generación de alcaldías, cuyas gestiones iniciaron en octubre del año 2021.

Los datos

En promedio, durante 2022, las 16 alcaldías contrataron bienes y servicios por adjudicación directa en el 62 por ciento de sus compras, así lo revelan datos que se pueden consultar a través de la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT).

Del total de demarcaciones, hay cinco que destacan por sus altos porcentajes de compras sin concurso de licitación. Estas son Álvaro Obregón (AO), Coyoacán, Cuauhtémoc, Azcapotzalco e Iztacalco.

De acuerdo con la información revisada, AO es la alcaldía que más recurrió a la adjudicación directa al hacer el 85 por ciento de sus compras por este medio.

Esto al otorgar 295 contratos sin concurso, mientras que solo llevó a cabo 50 licitaciones.

A la alcaldía gobernada por Lía Limón le sigue Coyoacán, donde sus autoridades otorgaron contratos directamente en el 80 por ciento de los procesos de adquisiciones.

En 2022, firmó un total de 292 convenios comerciales de manera directa y solo realizó 70 concursos de licitación.

Posteriormente está Cuauhtémoc, que en dicho periodo realizó el 79 por ciento de sus compras de bienes y servicios sin concurso.

La alcaldía del centro de la ciudad firmó 186 contratos directamente y solo 48 son producto de licitaciones.

En el cuarto lugar está Azcapotzalco, que contrató sin concurso el 75 por ciento de los convenios comerciales firmados en ese año.

Los datos revisados señalan que la demarcación firmó 202 contratos por adjudicación directa y solo 64 resultaron de alguna licitación.

De igual forma, Iztacalco contrató en 2022 el 73 por ciento de los convenios comerciales (276) por adjudicación directa y solo en 102 casos llevó a cabo concursos en los que se buscarán las mejores condiciones económicas para la alcaldía.

Las dos alcaldías que contrataron en 2022 más por licitación que por adjudicación directa son Iztapalapa y La Magdalena Contreras.

Según la PNT, Iztapalapa recurrió en el 46 por ciento de sus adquisiciones a la adjudicación directa. Mientras que La Magdalena Contreras solo en el 39 por ciento.

La violación a la ley

Las cifras señaladas anteriormente indican que, en su totalidad, los gobiernos de la Ciudad de México no han respetado lo que estipula la Ley de Adquisiciones de la Ciudad de México respecto a que se deben priorizar los concursos de licitación en compras públicas.

El marco legal señala que los entes públicos locales solo deben adquirir el 20 por ciento del total de los bienes anuales sin concurso.

“La suma de las operaciones que se realicen conforme a adjudicación directa no podrán exceder del 20 por ciento de su volumen anual de adquisiciones, arrendamiento y prestación de servicios autorizado para la dependencia, órgano desconcentrado, delegación o entidad”, señala el artículo 55 de la disposición.

Precisa que los concursos deben celebrarse con el fin de garantizar las mejores condiciones en el uso de los recursos públicos.

“Las adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios se llevarán a cabo, por regla general, a través de licitaciones públicas mediante convocatoria pública para que libremente se presenten propuestas solventes en sobre cerrado, que serán abiertos públicamente.

“A fin de asegurar a la Administración Pública del Distrito Federal las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes, de conformidad con lo establecido en la presente Ley”, detalla la normativa.

Además, el artículo 54 del mismo marco legal describe los casos de excepción en los que se deben realizar las adquisiciones directas.

El apartado menciona que la adjudicación directa puede llevarse a cabo cuando un proveedor tenga la patente del bien requerido o cuando peligre o se altere el orden social, la economía, los servicios públicos, la salubridad, la seguridad o el ambiente de alguna zona o región de la ciudad.

Postura institucional

El Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO) señala que el problema del abuso de las adjudicaciones directas viene desde el servicio público federal y crea susceptibilidad a actos de corrupción.

“Las leyes de adquisiciones y obra pública en México establecen que las compras públicas se asignarán por regla general a través de licitaciones públicas y solo en casos excepcionales, debidamente justificados, por adjudicación directa o invitación restringida”, precisa el organismo.

Explica que la finalidad de esto es garantizar la competencia entre posibles proveedores y asegurar las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y crecimiento económico.

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