CIUDAD DE MÉXICO, 29AGOSTO2018.- Andres Manuel López Obrador, presidente electo de México, realizó un mitín en la Plaza de las Tres Culturas como parte de su gira de agradecimiento que realiza por todo el país.
FOTO: SAÚL LÓPEZ /CUARTOSCURO.COM

TEPJF prohíbe a AMLO difundir propaganda política en “mañaneras” durante campañas

El presidente López Obrador se abstendrá de incluir en su discurso oficial frases e imágenes considerados propaganda política o electoral

Este martes, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) dio a conocer que se aprobaron los criterios para la difusión de las conferencias matutinas del presidente de México Andrés Manuel López Obrador (AMLO).

Lo anterior también se determinó para cualquier funcionario público de todos los órdenes, puesto que tanto magistradas como magistrados coincidieron en que se debe respetar el orden constitucional.

De esta manera, el TEPJF determinó que el presidente López Obrador se abstendrá de incluir en su discurso oficial frases e imágenes considerados propaganda política o electoral.

Esto aplicará específicamente durante las campañas electorales y hasta el día de la jornada electoral, en lo que también los gobiernos de cualquier nivel y sus funcionarios tienen prohibido difundir propaganda gubernamental.

En ese sentido, también se precisó que la prohibición aplicará para cualquier medio o modalidad de comunicación social, entre ellas las conferencias matutinas del presidente también conocidas como “mañaneras”.

El TEPJF también determinó que en las conferencias matutinas no se difundan logros, datos o estadísticas de gobierno.

Mientras que especificó también que el único contenido que se puede emitir en las conferencias deberá ser de carácter institucional y sólo con fines informativos.

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En su sentencia, se estableció un decálogo de acciones permitidas y prohibidas tanto para los medios de comunicación, a los que se les prohíbe difundir propaganda gubernamental.

Por esta razón es que no se podrán dar entrevistas, conferencias de prensa, en ninguna entidad federativa, por estar presente el proceso electoral en proceso.

Sin embargo, salvo que se trate de las excepciones constitucionales de propaganda gubernamental como son servicios educativos y de salud, o las necesarias para la protección civil en caso de emergencia.

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