La tarde de este jueves, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó el recuento total de votos en el estado de Campeche como propuso previamente la magistrada Janine Otálora Malassis.
La decisión, que se tomó por mayoría de 4 a 3, se realizó a partir de una impugnación presentada por el partido Movimiento Ciudadano en el recurso de revisión constitucional 128/2021 presentado contra el trunfo de la morenista Layda Sansores.
Cabe mencionar que el resultado fue el más cerrado de las 15 gubernaturas en juego con un empate estadístico, donde Sansores tuvo una ventaja de casi seis mil votos sobre el candidato Eliseo Fernández, de MC.
Los magistrados aprobaron el proyecto presentado por la magistrada Janine Otálora, con cuatro votos a favor y tres en contra.
“Se ordena el recuento de la votación recibida en la totalidad de las casillas de los 21 distritos electorales locales del estado de Campeche”, indicó en la sesión vía remota el presidente del TEPJF, Felipe Fuentes Barrera.
Además de la magistrada Otálora, a favor votaron Reyes Rodríguez Mondragón, Felipe de la Mata Pizaña y Felipe Fuentes Barrera. En contra del recuento votaron los magistrados Mónica Soto Fregoso, José Luis Vargas e Indalfer Infante González.
Al respecto, Otálora Malassis señaló que el objetivo del escrutinio es “dar certeza y despejar cualquier duda respecto al resultado y que se respete plenamente la decisión de las y los ciudadanos de la entidad”.
“El recuento de votos de la elección para Gobernador de Campeche, en transparencia absoluta, terminará con cualquier duda sobre el resultado de la elección”, indicó.
Su proyecto se basó en que se actualiza el supuesto que marca la ley electoral local para un recuento total que es que los 8 mil 387 votos nulos son mayores a los 5 mil 984 votos de diferencia entre el primer y segundo lugar.
Puedes leer: PAN, PRI y PRD exigen anular elecciones en San Luis, Campeche, Guerrero y Michoacán
“Mi propuesta es revocar y ordenar un recuento en la totalidad de las casillas basado en que se tiene que fortalecer la certeza en la votación emitida, lo que se tomó en cuenta para esta propuesta fue primero que le Tribunal local debió analizar las irregularidades de forma conjunta en lugar de limitarse a resolver aisladamente los agravios de las casillas. El pronunciamiento lo hizo a partir de los resultados que el propio impugnante señaló que carecían de veracidad y esto en mi opinión, es suficiente para generar incertidumbre respecto de los resultados al haber mayor número de votos nulos respecto a la diferencia”, explicó la magistrada.
Por su parte, los magistrados que votaron en contra argumentaron que no existía base legal y que, además, la Sala Superior estaría excediéndose en la sentencia, pues Movimiento Ciudadano alegó 13 distritos y no la totalidad.