La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) dio a conocer que la excandidata presidencial, Xóchitl Gálvez Ruiz, recibió una multa por el uso indebido del logotipo del Instituto Nacional Electoral (INE).
El organismo reveló que la sanción a la excandidata surgió por vulnerar las reglas de propaganda electoral al utilizar indebidamente su logotipo como parte de su propaganda electoral.
“Indebidamente, incluyó el logotipo del INE para promocionarla, circunstancia que generó confusión en la ciudadanía, sobre quien emitió la comunicación”, consideró la dependencia en su sentencia.
¿Cuánto deberá pagar Xóchitl Gálvez al INE?
Debido a ello, el organismo anunció que la coalición “Fuerza y Corazón por México” deberá pagar una cantidad dividida de la siguiente manera: la excandidata deberá pagar una multa de 21 mil 714 pesos; mientras, los partidos de la coalición PAN, PRI y PRD deben pagar 10 mil pesos cada uno.
El máximo tribunal en materia electoral anunció al tiempo que indicó que sí era competente para conocer el asunto y que la resolución fue fundada y motivada.
En respuesta, Acción Nacional impugnó la decisión y dijo que se encontraba inconforme con esta decisión; sin embargo, la multa fue confirmada por la Sala Superior.
Xóchitl aseguró que solo fue una propuesta de propaganda gubernamental
Hay que recordar que en su momento, la Sala Especializada indicó que el uso de la imagen fue como una propuesta de propaganda gubernamental con el objetivo de desmarcar el uso de programas sociales con fines electorales.
De inmediato y como medida cautelar, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE ordenó bajar la publicación de sus redes sociales, por lo que la excandidata tuvo que dar la cara frente a la polémica provocada por la propaganda.
Ante este panorama, el TEPJF consideró una violación a las reglas de propaganda electoral, pues sus elementos infieren que su intención es exponer el posicionamiento propagandístico de la candidata a la presidencia.