TEPJF declara válida la elección de Puebla; Martha Erika Alonso será gobernadora

Finalmente, la mayoría de los magistrados se decantó por no convocar una nueva elección
Eduardo Buendia Eduardo Buendia Publicado el
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Con 4 votos en contra y 3 a favor, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó no anular la elección para gobernador de Puebla en la que contendieron Martha Érika Alonso (PAN-PRD-Movimiento Ciudadano) y Luis Miguel Barbosa Huerta (Morena-PT-PES).

Con lo anterior, se confirmó la validez de la gubernatura en Puebla, por lo que la candidata Alonso Hidalgo será quien ocupe el cargo, al haber conseguido la mayoría de votos en la jornada electoral del 1 de julio.

La resolución dependió del último voto que fue el de la magistrada presidenta del TEPJF, Janine Otálora, quien decidió ir en contra del proyecto del magistrado José Luis Vargas el cual proponía la anulación de la elección.

La última decisión sobre la validez de los comicios para mandatario estatal en Puebla se dio este sábado en una sesión pública de la Sala Superior que fue pospuesta en diversas ocasiones. En un principio se había considerado que dicha sesión iniciara a las 5:30 de la tarde, pero comenzó cerca de las 19 horas.

En su posicionamiento, los magistrados José Luis Vargas Valdez, Felipe Fuentes Barrera y Mónica Aralí Soto Fregoso determinaron votar a favor del proyecto de resolución que buscaba declarar la nulidad en la elección.

En contra votaron, además de Otálora Malassis, los magistrados Reyes Rodríguez Mondragón, Indalfer Infante y Felipe de la Mata Pizaña.

El proyecto de resolución, dado a conocer la semana pasada por el magistrado José Luis Vargas, considera que uno de los puntos más relevantes para declarar la nulidad de la elección fue que se rompió la cadena de custodia del material electoral.

Janine Otálora expuso que debido a que la ruptura en la cadena de custodia de los paquetes electorales era el máximo argumento para anular la elección, bajo su concepto de los motivos para anular una elección no se encuentra en la exclusividad de errores de la autoridad administrativa que no resguardó correctamente los paquetes electorales.

“El último de los agravios que es en el que se funda la propuesta de nulidad de elección de gobernador es justamente el relativo al indebido y deficiente resguardo en la bodega central. Y aquí es donde yo me separo del proyecto y me llevará a votar en contra porque si bien en efecto vimos los videos remitidos por la propia autoridad en cuanto a qué pasaba dentro de esta bodega, pareciera que hay indicios, lo dice el mismo proyecto, que los paquetes estuvieron expuestos a una posible alteración, lo ideal hubiera sido una visión de la totalidad de la bodega”, dijo la magistrada presidenta.

Por su parte, el magistrado José Luis Vargas agregó que autoridades del Instituto Electoral del Estado de Puebla (IEE) accedieron al menos en 50 ocasiones a la bodega donde se encontraban las casillas con las boletas de la votación agraviando el principio de la certeza sobre los resultados, un motivo suficiente para anular la elección.

Vargas Valdez afirmó que la autoridad electoral actuó de manera diligente al no haber notificado a los representantes de los partidos políticos la apertura de los paquetes electorales. En su argumentación presentó videos en los que se observa a personal del IEE entrando a la bodega abriendo y trasladando material electoral incluso en vehículos.

<blockquote class=”twitter-tweet” data-lang=”es”><p lang=”es” dir=”ltr”>El caso del 21 de agosto es aún más escandaloso. Dicha hojita de papel (bitácora) afirma que durante ese día ingresaron a la zona donde estaban los paquetes, 4 funcionarios, cuando son más de 10.<br> Las y los invito a contar cuántas personas entran a la bodega durante los ese día. <a href=”https://t.co/EHvYVGhGuq”>pic.twitter.com/EHvYVGhGuq</a></p>&mdash; José Luis Vargas Valdez (@JL_VargasV) <a href=”https://twitter.com/JL_VargasV/status/1071598367547940864?ref_src=twsrc%5Etfw”>9 de diciembre de 2018</a></blockquote>
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“(La autoridad electoral) no atendió en su integridad el procedimiento normativo, desatención que es suficiente para considerar que la documentación y los paquetes estuvieron expuestos a la alteración de su contenido.

“Les propongo que se determine anular la elección a la gubernatura de Puebla en aras de tutelar el derecho de la ciudadanía a elegir mediante sufragio libre secreto y directo a sus gobernantes y representantes”, señaló el magistrado.

El magistrado Felipe Fuentes Barrera mencionó estar de acuerdo con el proyecto de resolución propuesto por Vargas, afirmó que las irregularidades cometidas por el personal del IEE impide conocer con seguridad cuál fue la voluntad de la ciudadanía en las urnas.

“En el caso que nos ocupa es de vital importancia determinar si las irregularidades que observa el proyecto son de tal envergadura para establecer su gravedad y su determinancia. Para este fin coincido con el proyecto”, mencionó Fuentes Barrera.

En su intervención, el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón comentó que las irregularidades registradas en la cadena de custodia de los paquetes electorales no fue determinante en el resultado de la votación, que fue favorable a Martha Érika Alonso.

“En mi criterio, para anular la elección se otorga un peso mayor a las irregularidades encontradas en la cadena de custodia lo cual plantea la posibilidad de alteración en los paquetes electorales, pero niega valor al resultado final”, dijo Reyes Rodríguez.

Por su parte, el magistrado Indalfer Infante Gonzales apuntó que la ruptura de la cadena de custodia de los paquetes electorales no debió ser analizada por la Sala Superior del TEPJF debido a que no fue denunciada previamente ante el Tribunal Electoral del Estado de Puebla.

Infante Gonzales consideró que al Tribunal Electoral Federal solo le correspondía ratificar o rechazar una sentencia previa del Tribunal local, pero que el acusante –la coalición Morena-PT-PES que respalda a Miguel Barbosa- no impugnó esa falta a las normas electorales previamente a la autoridad de Puebla.

En su participación, el magistrado Felipe de la Mata Pizaña comenzó expresando que él no votaría a favor del proyecto de nulidad. Aclaró que la falta de resguardo de los comicios no repercutió en la amplia diferencia del resultado que fue mayor a 100 mil votos entre el primer lugar, Martha Érika Alonso, y el segundo, Miguel Barbosa.

“La relación de causa efecto en torno a la cadena de custodia de los paquetes electorales en inexistente porque el hecho de que no tuvieran el resguardo ni el control adecuado de su revisión, no implica necesariamente que el contenido haya sido viciado o alterado, y eso hay que probarlo”, dijo De la Mata Pizaña.

En contraste, la magistrada Mónica Aralí Soto enfatizó en que aun cuando la Sala Superior ordenó el recuento voto por voto de la elección en Puebla, el rompimiento de las medidas de seguridad del material electoral y una posible alteración, sigue sin dar certeza de los resultados. Destacó que en 24 de 26 distritos electorales de Puebla hubo irregularidades,

“La falta de certeza es lo que hizo que elimináramos los resultados de cómputo y hasta ese momento no teníamos resultados. No obstante este esfuerzo se ordenó el recuento total, voto por voto, que no se había dado y que consideramos pudiera llevarnos a tener resultados confiables porque los que habían ya no existían”, comentó Soto Fregoso.

La semana pasada el proyecto sobre la nulidad de la elección de Puebla puso a la Sala Superior en medio de la polémica, debido a que luego de que el magistrado Vargas Valdez hizo pública la propuesta de resolución, el PAN y sus aliados, el PRD y MC, demandaron que el magistrado fuera excusado de la decisión final del Tribunal Electoral Federal al considerar que la difusión vulneraba principios de legalidad, imparcialidad, objetividad e independencia.

Morena, por su parte, pidió al PAN no presionar a los integrantes de la Sala Superior para sesgar la última decisión sobre los comicios.

Al respecto, Vargas negó haber sido presionado y explicó que la difusión de su proyecto fue en aras de fomentar la transparencia en el proceso.

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