TEPJF da revés al INE; se aceptarán firmas en papel para consulta de revocación de mandato

Tras la decisión del INE, las firmas de la Consulta Popular para revocación de mandato se podrán aceptar en papel y no sólo a través de la aplicación del instituto
Indigo Staff Indigo Staff Publicado el
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La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Instituto Nacional Electoral (INE) aceptar todos los formatos para la recolección de firmas de la Consulta Popular de revocación de mandato convocada por el presidente Andrés Manuel López Obrador.

El pleno de la Sala Superior del TEPJF determinó, por unanimidad, dar la razón a Morena, y permitir recabar firmas en todo el país a través de la aplicación del instituto y en forma física.

Los magistrados y magistradas argumentaron que no se puede eliminar la opción física para facilitar el trabajo técnico.

Mientras que el INE indicó que “la aplicación móvil para recabar el respaldo ciudadano necesario para celebrar la Revocación de Mandato dota de certeza y legalidad a todo el proceso previsto en la Constitución, a la vez que garantiza la protección y seguridad de los datos personales”.

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Al respecto, el dirigente nacional de Morena, Mario Delgado Carrillo, celebró el resolutivo del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

A través de sus redes sociales, el morenista señaló que triunfó el derecho de la ciudadanía de participar en los procesos políticos.

“Triunfó el derecho de participación del pueblo en la Ratificación del Presidente. Hoy el TEPJF le corrigió la plana al INE que tendrá que aceptar los formatos físicos para recabar firmas de apoyo en todo el país, los derechos son para todos sin excluir a nadie”, publicó Delgado Carrillo.

El pleno de la Sala Superior también determinó que es violatorio de la Ley Federal de Revocación de Mandato que el Presidente de la República tenga “derecho a opinar e informar acerca de la continuidad de su cargo”, ya que la propia Ley dispone que el INE es la única entidad facultada para emplear recursos públicos en la promoción objetiva, imparcial y con fines informativos de la participación ciudadana en dicho proceso.

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