Adrián Fernando Novelo, juez Primero de Distrito, radicado en Mérida, Yucatán emitió una suspensión definitiva para detener las obras del Tren Maya en el Tramo 5 Sur, que va de Playa del Carmen a Tulum, en tanto se dicta la sentencia como parte del juicio de amparo 821/ 2022 iniciado en marzo de 2022.
La decisión del juez se debe a lo expuesto en un informe elaborado por la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) en referencia a una visita realizada entre el pasado 19 de febrero y el 5 de marzo.
En esta suspensión, advierte que, de mantener los trabajos de construcción en ese tramo, “se causarían daños de difícil reparación que podrían ser irreparables”.
Tren Maya causa daños irreparables en ecosistema
Lo anterior debido a que la Profepa confirmó el derrame de cemento en cavernas como ‘Garra de Jaguar’, ‘X’tun’, ‘Manitas’ o ‘Oppenhimen’ y ‘Ocho Balas’ debido al hincado de los pilotes para soportar el viaducto elevado de la ruta.
Dado lo anterior, el juez determinó que el gobierno federal, a través de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), Fonatur Tren Maya y las empresas a cargo de la ejecución de las obras violaron la autorización de impacto ambiental expedida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), en junio del 2022, realizando actividades que les fueron prohibidas.
“Ante el riesgo de que, no sólo se sigan cometiendo las acciones prohibidas en el permiso ambiental, sino que tampoco se puedan reparar los daños ecológicos causados, en esta etapa procesal (suspensión de los actos reclamados) tengo que tomar la decisión de conceder la medida precautoria que se solicita, en aras de salvaguardar el medio ambiente de la zona afectada”, indicó el comunicado.
Trascendió que el cemento vertido sobre las cavernas se solidificó en las áreas secas y cayó dentro del cuerpo de agua de las cavernas afectadas. Según Profepa, lo que causó el incidente fueron camiones revolvedores realizando el lavado de la olla revolvedora en sitios ‘no autorizados’.
Otras irregularidades en el Tramo 5
Asimismo, el documento menciona otra serie de irregularidades como: ademes en proceso de oxidación en un tiro vertical sin nombre; el colapso de techo o bóveda de un cenote sin nombre; la modificación de topoforma de las cavernas por las perforaciones del material pétreo para la construcción de pilotes; y la extracción de agua sin contar con autorización.
También se habla de la utilización de una caverna sin nombre, ubicada a la altura del cenote Manitas para relleno y sepultamiento con material pétreo derivados de perforación dispuestos en el manto acuífero.
Los argumentos antes mencionados se confirman en el citado documento con el aval de científicos, ambientalistas, académicos y organizaciones civiles. El juzgador fundamentó en el principio in dubio pro natura.
El principio in dubio pro natura se refiere a la obligación de las y los jueces de amparo a considerar, al momento de resolver sobre la suspensión que, en caso de duda, “se debe favorecer la protección y conservación del medio ambiente, dando preferencia a las alternativas menos perjudiciales”.
En tanto, el principio de prevención obliga a la autoridad judicial a priorizar la atención de las causas y fuentes probables de daños ambientales para evitar la consumación del daño. Dicho daño ambiental ha sido reiteradamente denunciado por colectivos como ‘Sálvame del Tren’.
En su más reciente denuncia, los espeleobuzos del colectivo mostraron cómo se están rellenando con piedras las perforaciones hechas para hincar los pilotes que, además, se están oxidando y las camisas protectoras que les recubren, se han ido deteriorando.
Hay que recordar que esta suspensión definitiva tiene origen en el amparo indirecto presentado en marzo del 2022, cuando se reclamó la omisión de cumplir con la obligación de proteger y garantizar el derecho humano de acceso al agua y a un medio ambiente sano.