[kaltura-widget uiconfid=”38728022″ entryid=”0_ba1hxddt” responsive=”true” hoveringControls=”false” width=”100%” height=”75%” /] La relación entre el virtual presidente electo, Andrés Manuel López Obrador, y la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha estado llena de fricciones.
Cuando el país aún se encontraba en la etapa de las campañas electorales, durante su visita al estado de Colima, el tabasqueño criticó y cuestionó la labor que ha realizado durante tantos años la SCJN y quienes la integran, llamándolos, incluso, “maizados y alcahuetes”
“¿Saben de algo que hayan hecho los de la Suprema Corte en beneficio de México, se han enterado de algo que hayan resuelto a favor del pueblo? Nada”, dijo también el morenista en su paso por el Estado de México.
Aunado a estos ataques, el virtual presidente electo y la Suprema Corte ya habían tenido otros desacuerdos recientemente.
El que más destaca fue el que se ocasionó después de Andrés Manuel López Obrador anunciara que entre sus planes estaba reducir el salario de los magistrados, el cual dijo supera los 500 mil pesos mensuales.
Este hecho provocó que varios de ellos se pronunciaran en contra de la política de austeridad anunciada por el gobierno entrante y que la relación se tensara aún más.
La idea que Obrador tiene respecto a la Suprema Corte incluso podría llegar a poner en peligro las atribuciones de esta institución, pues el presunto ganador de la elección del pasado 1 de julio ha planteado la creación de un Tribunal Constitucional.
Lo que se pretende hacer es quitarle la constitucionalidad a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, es decir, que se quede como el máximo tribunal dentro del Poder Judicial de la Federación y que vea temas exclusivamente de legalidad.
Esto haría que la Suprema Corte sea la encargada de vigilancia y resguardo de la ley. Y por el otro lado tendríamos fuera del Poder Judicial de la Federación un Tribunal Constitucional, el cual fungiría de manera autónoma siendo el encargado de cuidar que la Constitución se cumpla.
En cuanto a qué beneficios o riesgos podría provocar la creación de un Tribunal Constitucional que le quite ciertas facultades a la Suprema Corte, el abogado constitucionalista, Julio Sancliment, responde desde dos vertientes: la política y la jurídica.
“Desde la ventana política creo que sí tiene un riesgo que se instaure en este momento un Tribunal Constitucional en México porque con la situación que estamos viendo, donde Andrés Manuel López Obrador tiene la mayoría absoluta en el Congreso de la Unión, lo cual manda un mensaje de un Ejecutivo muy consolidado, muy poderoso como hace mucho no habíamos tenido.
Desde el punto de vista jurídico a mí sí me gusta, pues no creo que los jueces que en su mayoría ven temas de legalidad deban ser los encargados de ver la constitucionalidad en México porque no necesariamente son los mejores constitucionalistas. Entonces esta profesionalización que se deberá dar en materia constitucional me parece que puede llegar a ser saludable para el país”, comenta.
Sin embargo, aún hay una serie de interrogantes que faltan por ser respondidas como cuál será la manera en que se nombre a los ministros que conformarían el Tribunal Constitucional, cuánto tiempo estarían en el cargo y cuáles serían sus atribuciones específicas.
La construcción del proyecto
La propuesta de Andrés Manuel López Obrador de crear un Tribunal Constitucional nunca había resultado tan factible como ahora, pues tras las elecciones del pasado 1 de julio, el virtual candidato electo y la coalición ‘Juntos Haremos Historia’ obtuvieron no sólo la mayoría absoluta en el Congreso de la Unión, sino en 19 congresos locales.
El abogado Julio Sancliment explica que para la creación de un órgano autónomo como lo sería el Tribunal Constitucional, se requieren diversas reformas, incluida la modificación de la Carta Magna, por lo tanto, la abrumadora victoria de Morena y sus aliados resultó clave.
“Primero se tendría que producir como requisito ‘sine qua non’ una reforma constitucional porque la repartición del poder público está en la parte orgánica de la Constitución y ahí se establece que hay tres poderes: el Ejecutivo, el Legislativo y el Judicial además de los llamados órganos constitucionalmente autónomos, entonces habría que llevar a cabo una reforma profunda al Poder Judicial de la Federación, es decir, en primera instancia tocar la Constitución y crear el Tribunal en la misma”, comenta.
Como segundo punto, el jurista dice que se debe modificar la Carta Magna en lo que respecta al Poder Judicial.
Tercero, modificar la ley orgánica del Poder Judicial de la Federación, todas las demás leyes que hagan referencia a la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el código de procedimientos para adecuarlo a esta nueva reforma y, por supuesto, crear las leyes que regirán a este nuevo órgano autónomo.
Los retos a enfrentar
Entre las tareas más complejas para poder crear un Tribunal Constitucional se encuentran la de determinar de manera muy clara las atribuciones específicas de cada órgano, el tiempo en el que los ministros estarán en el cargo y el método por el cual serían elegidos.
Una de las posibilidades que se han comentado respecto a los nombramientos es que se mantenga el procedimiento que se utiliza para nombrar a los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y que se queden en el cargo el mismo tiempo, es decir, 15 años.
El nombramiento de un ministro o ministra de la Suprema Corte funciona de la siguiente manera: el presidente de la República manda una terna de tres personas al Senado y éste, después de analizar y escuchar a los nominados, decide nombrar uno o rechaza la terna. En caso de que no se aprueben dos ternas, el presidente puede nombrarlo.
Por su parte, el abogado constitucionalista, César Astudillo, comenta que el proceso para elegir a los ministros debería ser distinto al que se utiliza para la Suprema Corte.
“En caso de que la propuesta de un Tribunal Constitucional pueda madurar, claramente se necesitaría crear un nuevo proceso para nombrar a los ministros.
Por lo tanto, de conformidad con el número de personas que se busque integrar este nuevo órgano autónomo, se debería reservar una parte de los que puedan proponer perfiles al presidente de la República, otra parte al Senado, el cual en este momento únicamente tiene la capacidad de aprobar pero no de proponer; a la Cámara de Diputados, otra al Consejo de la Judicatura para que también los jueces tengan posibilidades de ascender y una quinta parte creo que debería venir de los estados de la República, es decir, habilitar propuestas de la Conferencia Nacional de Gobernadores o de la Conferencia de Congresos de los estados para que desde ahí también se pudiera echar mano”, reflexiona el jurista.
El también especialista en temas electorales agrega que incluso hay otras instituciones que podrían participar como la Asociación Nacional de Instituciones de educación Superior, que engloba a todas las universidades públicas para que pudiera tener la posibilidad de hacer propuestas, lo que abonaría a cambiar la dinámica de las designaciones y a generar una integración más equilibrada, plural y mucho más representativa.
El académico también comenta que otro de los factores clave será el de calibrar las competencias que tendrán la SCJN y el Tribunal que se encargará de ver todo lo que a temas constitucionales respecta, de lo contrario se podrían llegar a generar enfrentamientos entre ambos órganos, algo que ya se ha visto en otros países como España.
En cuanto al tema de los amparos, tanto Julio Sancliment como César Astudillo, coinciden en que se tiene que dejar en claro cuáles serán tratados por la Suprema Corte y cuáles por el Tribunal, pues existen tanto amparos de legalidad como constitucionales.
“Por virtud de los artículos 14 y 16, que son precisamente las antes llamadas garantías de legalidad y de debido proceso, se provocó que en el país el amparo, que originalmente se pretendió que fuera un juicio de constitucionalidad, se volviera de legalidad en muchos casos también.
Porque cuando reclamas la violación de estos artículos, lo que de fondo se está haciendo es alegar la inexacta aplicación de la ley”, explica Sancliment.
Por su parte, el investigador del Instituto de Ciencias Jurídicas de la UNAM dice que hay varios tipos de amparos.
“Hay amparos en los que básicamente se le dice a un juez que revise la aplicación de las leyes que realizó otro juez, llamados amparos de legalidad; pero los amparos de constitucionalidad es donde se le pide a un juez que revise una resolución porque se considera que la misma vulnera derechos humanos, entonces la línea divisoria a veces no es tan clara, lo que obliga a determinar qué tipo de amparos le corresponderán tanto a la SCJN como al Tribunal Constitucional en caso de que se llegue a implementar”.
Los tribunales en el mundo
La idea de crear un Tribunal Constitucional en México no es nueva. Este modelo ya existe en muchos países democráticos del mundo y cuenta con un pasado histórico muy amplio.
De acuerdo con Domingo García Belaunde, catedrático de la Pontificia Universidad Católica del Perú, los tribunales constitucionales son una creación europea que se concretó en el período de entreguerras en Austria (1919) Checoslovaquia (1920) y España (1931).
Pero fue hasta 1945 cuando la idea se expandió por el resto del continente europeo con la formación de tribunales en Italia (1948), Alemania (1949) y más recientemente en países como Hungría (1989), Bulgaria (1991), República Checa (1992) y Estonia (1992), entre otros.
Por su parte, en el Continente Americano, la influencia europea tardó más en permear pero se hizo presente.
Guatemala fue el primer país que introdujo en su ordenamiento interno un Tribunal Constitucional. Y lo hizo en su Constitución de 1965, con el nombre de Corte de Constitucionalidad.
Le siguió Chile, el cual creó el Tribunal Constitucional en 1971 como consecuencia de una reforma a la entonces vigente Constitución de 1925, pero con muy limitadas competencias.
Años más tarde Perú hizo lo mismo pero apegándose más al modelo español. A este le siguieron Colombia, Ecuador, Bolivia, República Dominicana y Costa Rica.