SIPINNA, sistema de protección a menores sin cuajar

México puso en marcha desde el año 2015 su Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes, sin embargo, hasta ahora los entes públicos que lo conforman siguen sin lograr ‘institucionalizar’ la defensa de los derechos de ese grupo poblacional, según lo advierte su Secretaría Ejecutiva
Luis Herrera Luis Herrera Publicado el
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Aunque el Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (SIPINNA) está por cumplir siete años en funcionamiento, las instancias gubernamentales federales, estatales y municipales que lo conforman continúan sin “institucionalizar” la defensa de los derechos de la niñez y adolescencia, como un componente de su operación diaria.

Así lo concluyó recientemente la Secretaría Ejecutiva de dicho Sistema Nacional, en el “Documento Diagnóstico del Programa Presupuestario: Coordinación con las Instancias que integran el Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes.

“A pesar de las múltiples reformas constitucionales que se han dado en materia de derechos humanos y en específico de derechos humanos de niñas, niños y adolescentes, resulta necesario considerar que los entes públicos que conforman el Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes no han institucionalizado el enfoque de derechos de la niñez y adolescencia, siendo éste el desafío principal que enfrentan el Sistema Nacional y su Secretaría Ejecutiva”.

Dicha institucionalización de la protección de los derechos de la niñez y adolescencia, siendo esta uno de los objetivos que persigue la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (publicada en 2014 y que dio vida a ese Sistema Nacional), puede lograrse mediante la implementación de las siguientes acciones:

Efectuar un cambio cultural para reconocer a las niñas, niños y adolescentes como sujetos de derechos; alcanzar un trato igualitario para este grupo de la población con la instrumentación de medidas gubernamentales que deriven de este nuevo enfoque; promover la participación de este grupo poblacional considerando siempre los aspectos culturales, éticos, afectivos, educativos y de salud que rodean a sus integrantes, según su edad, desarrollo evolutivo, cognoscitivo y madurez.

Para que las instancias de Gobierno que integran al SIPINNA institucionalicen verdaderamente la defensa de estos derechos, también resulta necesario que sus políticas públicas, programas, estrategias, acciones y presupuestos, sean reorganizados y evaluados para garantizar que, en efecto, han incorporado esta perspectiva que mandata la Ley General citada.

“La aplicación del ISN (Interés Superior del Niño) exige adoptar un enfoque de integralidad, el cual promueve la concepción holística del desarrollo de niñas, niños y adolescentes que abarca los aspectos físico, mental, material, espiritual, moral, cultural y social, lo cual se expresa en el carácter multidimensional e interdependiente de sus derechos, es decir, las políticas orientadas a la protección de los derechos de la población menor de 18 años deben contemplar el entorno en el que viven, intentando generar condiciones propicias para su desarrollo”, dice el Diagnóstico.

Transformación trunca

La transformación institucional que se ha pretendido con la expedición de la Ley General referida, y con la puesta en marcha del Sistema Nacional respectivo, implicaría que este principio constitucional del ISN estuviera incorporado en cada una de las acciones que implementan las autoridades del país; lo que a decir de la Secretaría Ejecutiva no se ha logrado.

“El ISN debe ser la consideración primordial en la toma de decisiones relativas a este grupo poblacional, por lo que se debe conceder más importancia a lo que sea mejor para el niño, y su aplicación implica la mayor satisfacción a las necesidades de las personas menores de 18 años, garantizando el disfrute pleno y efectivo cada uno de sus derechos reconocidos, de acuerdo a su contexto; por lo que este principio debe guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de cada una de las políticas públicas del Estado”.

El documento hace recordar, de igual forma, que desde hace más de una década, se ha diagnosticado en el país la necesidad de que las instituciones de los tres órdenes de Gobierno consoliden su coordinación para atender integralmente a los infantes y adolescentes

Por ejemplo, en 2010, el Consejo Nacional para la Infancia y Adolescencia (COIA), un organismo que se había creado en 2001, presentó el “Informe 2007-2009 del Programa Acción 2002-2010: Un México apropiado para la Infancia y la Adolescencia”, que contenía esta conclusión:

“La necesidad de construir sinergias entre las autoridades de los tres órdenes de gobierno para potenciar y focalizar mejor las inversiones y las políticas públicas a nivel territorial […]. Se requiere de los gobernadores y los presidentes municipales –en cuyas manos recae una proporción cada vez mayor del gasto social y de la operación de los programas– mayor dosis de corresponsabilidad y compromiso con el logro de las metas contenidas en el Programa”.

Soporte presupuestal del SIPINNA

Cuando la Secretaría Ejecutiva del SIPINNA advierte que las autoridades del país no han logrado institucionalizar la salvaguarda de los derechos de la niñez y la adolescencia, pese al tiempo transcurrido desde su creación, lo que está afirmando es que México no ha concretado su transición hacia ese escenario pretendido:

“Donde cada toma de decisiones de los integrantes del Sistema Nacional, debe considerar de manera sistemática los efectos (positivos, negativos, directos e indirectos) que se tendrá sobre la garantía y ejercicio de derechos de cada niña, niño o adolescente”.

Para alcanzar ese objetivo, uno de los aspectos en los que tendrían que avanzar los entes públicos que conforman el Sistema Nacional, es la generación de “presupuestos con enfoque de derechos de niñez y adolescencia”.

“Para estar en posibilidad de garantizar a niñas, niños y adolescentes la protección integral de sus derechos, se requiere que las autoridades de los tres órdenes de gobierno aseguren contar con recursos presupuestarios suficientes. (…) Además de los objetivos, estrategias, acciones, actividades e indicadores que consideren pertinentes, es imperante establecer los recursos presupuestales a través de los cuales se dará cumplimiento a estos propósitos”, se expone en el documento publicado en septiembre pasado.

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