El Congreso local aprobó una serie de reformas a la Ley Estatal Electoral para garantizar en 2024 la participación de candidatos que representen a grupos vulnerables de Nuevo León, sin embargo, esto no asegura una representación más equitativa.
Las modificaciones son para que participen candidatos que representen a las comunidades indígena y LGBTTTIQ+, pero no cumple con lo ordenado en las acciones afirmativas para que tengan una representación real y efectiva.
Al momento, en el Congreso no existe un solo diputado que represente a estos grupos, incluso, durante la pasada elección, la diputada Jessica Martínez obtuvo una curul por el principio de paridad y no por el lineamiento de la acción afirmativa.
La reforma para candidaturas indígenas fue aprobada el pasado 9 de mayo y la de la comunidad LGBTTTIQ+, el 4 de marzo del 2022.
Además, por unanimidad de los presentes, declaró la invalidez del artículo 144 bis 1 de la Ley Electoral para Nuevo León, por omitir la consulta previa a pueblos y comunidades indígenas pues se consideró indispensable para llevar a cabo el decreto de reforma que se analizaba.
— Tiempo de Derechos (@DerechosTiempo) January 16, 2023
Respecto a la candidatura indígena, la reforma garantiza la participación de una fórmula para una diputación local, lo que se logró en la pasada elección del 2021, donde Galileo Hernández Reyes fue candidato por Movimiento Ciudadano (MC) al Distrito 1 en Monterrey.
“Cada partido político o coalición, en su caso, deberá postular cuando menos una fórmula de candidaturas a Diputaciones al Congreso del Estado de Nuevo León, integrada por personas propietarias y suplente que se autodescriben como indígenas”, dice la reforma al artículo 144 bis 1 de esta Ley.
Pero esta reforma no cuenta con previsiones para evitar que un candidato que representa a la comunidad indígena sea postulado en un distrito históricamente perdedor del partido que lo incluya en su lista de aspirantes.
Una situación similar ocurrió con Hernández Reyes de MC, quien compitió contra la hoy diputada local del PRI, Ivonne Álvarez, que ganó ese distrito por 23 mil 905 votos que representa el 49 por ciento del padrón electoral de esa zona, es decir, la candidatura indígena jugó en un bastión priista.
La SCJN INVALIDÓ el art. 144, bis 1, de la ley electoral en Nuevo León, resultado de la omisión del congreso del Edo de consultar previamente a los pueblos y comunidades indígenas sobre la adopción de una medida afirmativa.
📢Precedente a considerar por el Senado de Republica pic.twitter.com/x1Hy3NvXon
— Norma Irene De La Cruz Magaña (@NormaIreneD) January 25, 2023
“Si en el Congreso no corrigen lo que tiene hoy, entonces el siguiente año no vamos a tener representación de las acciones afirmativas, los grupos vulnerables”, dijo en entrevista con Reporte Indigo Jennifer Aguayo, representante del Movimiento por la Igualdad.
Esta Ley Estatal Electoral, fue reformada en marzo de 2022 para incluir candidaturas que representen a la comunidad LGBTTTIQ+, sin embargo, esta reforma prácticamente hizo perder lo obtenido en las acciones afirmativas.
La modificación al artículo 144 Bis 3, establece, en el primer párrafo, que los partidos políticos y coaliciones deberán postular cuando menos una fórmula de candidatos propietario y suplente a una diputación local que represente a esta comunidad.
Sin embargo, no hay una regla para que las candidaturas de representación LGBTTTIQ+ participen en distritos de la Zona Metropolitana de Monterrey (ZMM), donde podrían obtener más votos.
El congreso de Nuevo León le ha fallado a las mujeres, a la juventud, personas con discapacidad y a la comunidad #LGBTQ del Estado.
Se negaron a garantizar los derechos de paridad y acciones afirmativas en la reforma a la Ley Electoral. pic.twitter.com/3XEJomyMUW— Jessica Martínez (@Jessy_MtzNL) February 17, 2022
Es decir, el avance que tuvieron con las acciones afirmativas obtenidas en la elección del 2021, con la reforma prácticamente desaparecieron, porque, además, en el caso de las regidurías y sindicaturas, no podrán ir en fórmula.
“Prácticamente la reforma es para eliminarnos, es solo para darnos participación, pero no cumple con lo ordenado por el tribunal para tener una representación real en la toma de decisiones”, explicó Jennifer.
Regidores limitados
La reforma a la Ley Estatal Electoral, tiene como objetivo ampliar el número de candidaturas indígenas, pero la realidad es que serán incluidas en la planilla de regidores o de síndicos de un candidato a un municipio, de acuerdo a la población que haya en esa localidad.
“Los partidos políticos, coaliciones y candidaturas independientes, en su caso, deberán postular en los municipios cuya población autoadscrita como indígena represente un porcentaje suficiente en relación con la integración total de la planilla del Ayuntamiento en cuestión.
“En al menos en un número entero del total de la integración. Por cada entero, corresponderá una fórmula adicional”, dice la reforma.
No obstante, esta población está dispersa en los diferentes municipios de la Zona Metropolitana de Monterrey (ZMM), por lo que aquellas comunidades que no tengan población indígena, no podrán entrar a la planilla de regidores o síndicos.
Por otra parte, la reforma para las candidaturas de comunidad LGBTTTIQ+, aprobada el 4 de marzo del 2022, no garantiza una representación real en las planillas para ayuntamientos, pues en el orden de lista los pueden colocar en el último lugar.
No existe una regla para que puedan estar en la lista en los primeros lugares y que los puedan postular en municipios de la ZMM.