Seguro de vida privado, privilegio polémico

Adquirir seguros de vida privados está prohibido desde diciembre de 2018; pese a ello, en 2019 la Auditoría Superior de la Ciudad de México contrató uno para sus mandos medios y superiores. Una acción que resulta polémica debido a los vacíos en la ley
David Martínez David Martínez Publicado el
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La Auditoría Superior de la Ciudad de México (ASCM) pagó tres millones de pesos en 2019 por un seguro de vida privado para sus mandos medios y superiores, privilegio que quedó prohibido por la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la capital.

El gasto pone en entredicho la aplicabilidad y el funcionamiento de la ley, pues el máximo órgano fiscalizador del servicio público estaría interpretándola a su criterio y conveniencia.

El acuerdo comercial se firmó el 1 enero de 2019, cuatro días después del 28 de diciembre de 2018, cuando entró en vigor el marco normativo citado.

La póliza adquirida fue para el “Seguro de Vida Individual” y el “Seguro de Separación” de los mandos medios y superiores de la ASCM, menciona el contrato 03/2019 con vigencia del 1 de enero al 31 de diciembre de 2019.

Según el documento, la entidad fiscalizadora pagó a la empresa Metlife 3 millones 230 mil 569 pesos por el servicio.

“Este instrumento jurídico (póliza) corresponderá a las aportaciones de los mandos altos y medios”, estipula el contrato en poder de Reporte Índigo.

Además, el convenio se llevó a cabo por adjudicación directa, lo que significa que no hubo un concurso entre varias empresas que garantizara las mejores condiciones de servicios y de precio para el máximo órgano fiscalizador local.

La adjudicación del servicio va en contra de lo que indica el artículo 111 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos.

“A ningún servidor público de la Ciudad de México se le autorizará viajes en primera clase, bonos o percepciones extraordinarias, gastos de representación ni la contratación de seguros privados de gastos médicos, seguros de vida y seguro de separación individualizada, todos los servidores públicos recibirán los beneficios del sistema público de seguridad social correspondiente”, indica el marco legal.

Los únicos casos que exceptúa son los funcionarios que prestan servicios de seguridad ciudadana, atención de emergencias así como de gestión de riesgos.

La ASCM tiene la facultad de interpretar la Ley y ésta no es retroactiva, por lo que puede contratar los seguros privados si sus trabajadores ingresaron antes de que se empezara a aplicar

Víctor Manuel Nájera, especialista en Administración Pública de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), señala que la ASCM adquirió un privilegio al contratar el seguro privado pues aunque sea un órgano autónomo dependiente del Congreso local, también está sujeto a los principios de austeridad.

“En el caso de los órganos autónomos y de Gobierno, sus respectivas unidades de administración podrán establecer las medidas conducentes para interpretar y aplicar correctamente lo dispuesto en esta ley, las cuales para su vigencia deberán publicarse en la Gaceta”, estipula el artículo 5 del marco legal.

Por lo cual, Nájera señala que la auditoría superior tiene que apegarse a los lineamientos de la austeridad.

Añade que la ASCM no incurriría en ninguna violación si se hizo un contrato multianual. No obstante, en el caso del firmado con Metflife tiene una vigencia del 1 de enero al 31 de diciembre de 2019.

Ley deficiente en cuanto a sueldos y seguro de vida privado

La ley de Austeridad está en controversia. Los órganos autónomos tienen la facultad de interpretarla y tampoco es retroactiva, lo que significa que los trabajadores con sueldos más altos que la jefa de Gobierno o con seguro de vida privado, pueden conservarlo si los tienen desde antes de la entrada en vigor de la norma, a pesar de que actualmente son considerados privilegios o lujos.

Víctor Manuel Nájera explica que si el contrato se firmó para atender compromisos adquiridos con los mandos medios y superiores de la ASCM, desde antes de la publicación de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos, entonces podría tener una justificación.

“Si a ti te contrato a partir del 1 de enero de 2019, quiere decir que ya no te otorgo el seguro de vida privado. Puede haber funcionarios que trabajan desde el sexenio pasado y ellos siguen teniendo ese derecho”, indica.

El argumento jurídico que refiere Nájera es que la ley no es retroactiva y por eso no aplica a los empleados contratados durante gobiernos anteriores.

Lo cual, explica el especialista, deja a criterio de los órganos autónomos adherirse completamente a las medidas de austeridad.

“Esto hace que los servidores públicos tengan la opción de aceptar de buena gana y de buena voluntad, declinar beneficios que a todas luces son desproporcionados”, menciona.

Ante esto, señala que la Auditoría no está obligada a dejar de contratar el seguro de vida privado para empleados que ingresaron a laborar en administraciones anteriores, es opcional.

“Es la voluntad y el compromiso de los grupos políticos. Por eso es que esta Cuarta Transformación y estos nuevos esquemas de austeridad cuestan mucho trabajo, porque es quitarle a la gente lo que ya tenía, todo mundo antes pensaba que trabajar en el gobierno era enriquecerse”, declara.

También considera que la ley de austeridad funciona a medias porque sólo se aplican sus principios a los nuevos trabajadores de los órganos autónomos y entidades públicas.

“Estos cambios van a llevar mucho tiempo, tal vez en unos cinco años, ya no habrá tantos privilegios”, explica.

Ricardo Alvarado, investigador de Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad (MCCI), afirma que a pesar que la Auditoría entra en el esquema de austeridad, puede interpretarla para apegarse a ella.

Lo anterior, también está escrito en el artículo 5 de ley. “Podrán establecer las medidas conducentes para interpretar y aplicar correctamente lo dispuesto”.

En consecuencia, la ASCM tiene la opción de considerar que sus mandos medios y superiores hacen labores de gestión de riesgos.

La Auditoría, en una interpretación que hago, puede argumentar que sus trabajadores gestionan riesgos, enfrentan peligros al auditar autoridades o intereses
Ricardo AlvaradoInvestigador de Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad

Alvarado supone que ese podría ser el criterio con el cual, la ASCM firmó el contrato con Metlife y así se podría apegar a las excepciones del artículo 111 de la ley.

Sin embargo, aclara que lo anterior sólo se puede determinar a través de un juicio que un ciudadano o autoridad interponga contra la adquisición.

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