Secretaría de Energía violó derechos de comunidades indígenas por construcción de Gasoducto Sonora: CNDH
La CNDH concluyó que la Secretaría de Energía no realizó un procedimiento adecuado de consulta previa, que incluyera un estudio de impacto sociocultural a las comunidades Navojoa, Álamos y Huatabampo del Pueblo Mayo
Rubén ZermeñoLa Comisión Nacional de Derechos Humanos reveló que la Secretaría de Energía violó los derechos de las comunidades indígenas del Pueblo Mayo y la Tribu Yaqui por la construcción del Gasoducto Sonora.
La organización señaló que la construcción del Gasoducto de más de 300 kilómetros de largo afecta a las comunidades y debieron de realizar una consulta previa, informada y de buena fe para conocer la opinión de dichos pueblos originarios, pero la Sener no lo hizo violando el derecho humano a la consulta previa.
“De acuerdo con la investigación realizada por este Organismo Nacional y con base en el expediente CNDH/4/2016/7613/Q, se confirmó que en el primer caso relacionado con las comunidades del Pueblo Mayo, la SENER informó a esta CNDH que únicamente realizó ‘un ejercicio de diálogo con una comunidad indígena de Masiaca’, sin incluir en el procedimiento de consulta previa al resto de las comunidades que anticipadamente decretó la procedencia de la consulta”, informó la CNDH en un comunicado.
La CNDH concluyó que la dependencia federal no realizó un procedimiento adecuado de consulta previa, que incluyera un estudio de impacto sociocultural a las comunidades Navojoa, Álamos y Huatabampo del Pueblo Mayo.
Respecto a los ocho pueblos que conforman la Tribu Yaqui, la CNDH constató que siete de ellos acordaron seguir con el proyecto, no así el Pueblo de Loma de Bácum, quienes manifestaron su rechazo rotundo.
Pese a eso, la Sener cerró el procedimiento de consulta para que se iniciara la construcción del gasoducto pero antes pidió a la empresa ganadora de la licitación que no afectara los derechos del pueblo que se opuso.
“La empresa expresó que no modificaría el trazo del proyecto, justificándose en obstáculos en los contratos, términos legales y lo económico, razones que fueron asumidas –sin más— como la posición oficial del Estado frente a la problemática, por lo cual el citado Gasoducto fue construido y actualmente se encuentra operando”,evidenció la CNDH calificando la actitud de la Sener como omisa y responsabilizando al Estado de la violación de derechos del Pueblo de Loma de Bácum.
“Esta Comisión Nacional concluyó que la SENER tiene responsabilidad institucional por las conductas y omisiones que generaron que no se realizara un procedimiento adecuado de consulta, que incluyera un estudio de impacto sociocultural con los estándares debidos afectando a las comunidades del Pueblo Mayo; así como por la violación del derecho a la consulta afectando a la propiedad colectiva del Pueblo Yaqui de Loma de Bácum”.
“Por lo anterior, la CNDH recomendó al titular de la SENER reparar el daño causado a las comunidades Navojoa, Álamos y Huatabampo del Pueblo Mayo, y al Pueblo de Loma de Bácum de la Tribu Yaqui, en los términos de la Ley General de Víctimas, y se envíen las constancias que acrediten su cumplimiento”, agregó la CNDH.
La CNDH dio un plazo de 12 meses para que la Sener implemente un programa de educación y formación en derechos humanos a la consulta así como adoptar medidas para fortalecer los sistemas de supervisión.