Este es el Protocolo de actuación de la PF que establece parámetros para niveles de fuerza

Surge como respuesta a las observaciones que hizo la CNDH sobre dar respeto a las garantías individuales
Indigo Staff Indigo Staff Publicado el
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El día de hoy se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Protocolo de actuación de la Policía Federal sobre el uso de la fuerza y tiene por objeto establecer los parámetros y condiciones mínimas, que permitan diferenciar y definir el uso de las técnicas, tácticas, armas, equipo y niveles de fuerza, atendiendo a las circunstancias que se presenten, ya sea para aumentar o para disminuir el grado de aplicación de éstas.

Asimismo, tiene como finalidad brindar certeza jurídica y transparencia a la ciudadanía en relación con el uso de la fuerza que realicen las y los integrantes de la Policía Federal en el ejercicio de sus funciones.

El documento establece que tiene por principal objetivo “que todas las autoridades (…) tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, de conformidad con los principios resultando relevantes para el presente instrumento jurídico el derecho a la vida, a la integridad personal, la libre expresión, el derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto lícito”.

Este protocolo surge a partir de las recomendaciones que hizo la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) que determinó que en el enfrentamiento de Nochixtlán, Oaxaca en 2016, en el que fallecieron nueve personas, la Policía Federal no siguió su propio protocolo de actuación. .

También busca contrarrestar la resistencia de personas o grupo de personas, en caso de flagrancia o por mandamiento de autoridad competente; Prevenir la comisión de hechos delictivos, y Proteger la vida e integridad física de las y los Integrantes, así como de terceros.

“La o el Integrante en todo momento debe sujetar su actuación en el Uso de la Fuerza, bajo los siguientes principios de legalidad: Regir su actuación a lo que la Ley u otras disposiciones jurídicas le faculte, garantizando que el Uso de la Fuerza esté dirigido a lograr un objetivo legítimo”, se plasmó.

Otro principio será: “necesidad: emplear el Uso de la Fuerza sólo cuando sea estrictamente indispensable e inevitable”, para tutelar la vida e integridad de las personas o “el objetivo legítimo que se busca”, privilegiando de conformidad con las circunstancias del caso, los niveles del Uso de la Fuerza relacionados con la presencia policial y la verbalización.

Además establece la proporcionalidad o hacer uso de la fuerza de “manera adecuada y en la medida” acorde a la agresión recibida o la resistencia encontrada y el peligro existente, aplicando un criterio de uso diferenciado y progresivo de la fuerza atendiendo a su intensidad, duración y magnitud.

Las y los integrantes, para el adecuado ejercicio de sus funciones, deberán portar el uniforme de acuerdo a las necesidades del servicio, con base en las disposiciones aplicables, y estarán dotados del equipo idóneo para el ejercicio de sus funciones.

El Protocolo de Actuación de la Policía Federal sobre el Uso de la Fuerza entra en vigor al día siguiente de su publicación.

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