SCJN declara inconstitucional el Panaut para registrar datos de usuarios de telefonía

La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió la acción de inconstitucionalidad 82/2021 que proponía invalidar ese decreto del año 2021
Indigo Staff Indigo Staff Publicado el
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Este lunes la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la creación del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, bautizado como Panaut.

La Corte consideró que el Panaut significa una injerencia arbitraria a la privacidad de las personas.

El Panaut se trataba de un registro cuyo fin era recabar información sensible de los usuarios de telefonía e internet móviles, para que éstos pudieran mantener activas sus líneas celulares.

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El 20 de octubre del año pasado, la Primera Sala de la SCJN confirmó la suspensión concedida al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) sobre el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut).

Este padrón obligaba a los usuarios a permitir el registro de sus datos biométricos como huellas dactilares y de reconocimiento facial e iris y otros datos oficiales como domicilio, número telefónico y la fecha de activación de la línea

Asimismo, el IFT argumentó que la inversión inicial para el Panaut requeriría de 109 millones 864 mil pesos, más otros 88 millones 584 mil pesos para su operación anual.

Y señaló que no cuenta con los recursos económicos suficientes para poner a caminar el Panaut con un cargo a su presupuesto anual, pues los recursos del IFT ya sufrieron más de un tijeretazo y lo asignado para 2021 ya se encuentra comprometido.

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