SCJN declara inconstitucional el Panaut para registrar datos de usuarios de telefonía
La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió la acción de inconstitucionalidad 82/2021 que proponía invalidar ese decreto del año 2021
Indigo StaffEste lunes la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la creación del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, bautizado como Panaut.
La Corte consideró que el Panaut significa una injerencia arbitraria a la privacidad de las personas.
El Panaut se trataba de un registro cuyo fin era recabar información sensible de los usuarios de telefonía e internet móviles, para que éstos pudieran mantener activas sus líneas celulares.
Lee: Primer revés al Panaut: SCJN confirma suspensión definitiva concedida al IFT
Sigue la transmisión de la Sesión del Pleno de la #SCJN
🔍Consulta los asuntos que se verán 🔗 https://t.co/u5ZSHUqeR7
🔴 En vivo a través de @JusticiaTV_MX 📺 Dish 360 | IZZI 190 | SKY y Totalplay 639 🎦 YouTube https://t.co/NsUfUZ4Z3k pic.twitter.com/vh8IAv06hG
— Suprema Corte (@SCJN) April 25, 2022
El 20 de octubre del año pasado, la Primera Sala de la SCJN confirmó la suspensión concedida al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) sobre el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut).
Este padrón obligaba a los usuarios a permitir el registro de sus datos biométricos como huellas dactilares y de reconocimiento facial e iris y otros datos oficiales como domicilio, número telefónico y la fecha de activación de la línea
Asimismo, el IFT argumentó que la inversión inicial para el Panaut requeriría de 109 millones 864 mil pesos, más otros 88 millones 584 mil pesos para su operación anual.
Y señaló que no cuenta con los recursos económicos suficientes para poner a caminar el Panaut con un cargo a su presupuesto anual, pues los recursos del IFT ya sufrieron más de un tijeretazo y lo asignado para 2021 ya se encuentra comprometido.