La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) derribó probablemente la última barrera para concretar la llamada consulta para enjuiciar a los expresidente, luego que rechazó este miércoles una impugnación interpuesta por el Instituto Nacional Electoral (INE).
La Primera Sala del máximo tribunal reconoció la validez del decreto para realizar la consulta donde la ciudadanía votará sobre si los últimos cinco expresidentes de México deben ser o no investigados y juzgados por presuntos delitos durante sus sexenios.
El INE argumentaba que dicho decreto, avalado por la SCJN en septiembre pasado, violaba su autonomía constitucional y presupuestaria, pues no se contempló otorgar mayores recursos al Instituto para la realización de la consulta en agosto próximo.
“Menos aún que deba hacerlo al establecer o reformar la vigencia del Decreto respectivo. De esta manera, la Sala consideró inexistente la omisión reclamada por el Instituto y por tanto infundados los conceptos de invalidez planteados”, indicó la Corte en un comunicado.
De esta manera, las y los ministros señalaron que la Constitución es clara al señalar que las atribuciones conferidas al INE en materia de consultas populares, se cubrirán con base en la disponibilidad presupuestaria para el ejercicio del año en curso.
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El INE ha argumentado las complejidades de realizar una consulta de estas dimensiones sin dar mayor presupuesto al organismo, sobre todo en un año donde se celebraron las elecciones más grandes de la historia para renovar 15 gubernaturas y la Cámara de Diputados.
De acuerdo con un comunicado del INE de octubre de 2020, el Instituto necesitaba una ampliación de recursos por mil 499 millones 392 mil 669 pesos; monto necesario para llevar a cabo dicha consulta, pero éste fue negado por la Cámara baja.
El INE aún debate cuál será la manera de llevar a cabo la votación, además que ya aprobó una boleta austera, también contempla la posibilidad de utilizar urnas electrónicas para ahorrar costos y apegarse a los criterios de austeridad.
La #PrimeraSala validó la constitucionalidad de los Decretos relativos a la consulta popular sobre las acciones para emprender un proceso de esclarecimiento de las decisiones políticas tomadas en los años pasados por los actores políticos.
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