SCJN admite impugnaciones a la “ley de amnistía”

Se realizará un proyecto de sentencia para determinar si dicha reforma concuerda con la Constitución
Guillermo Espinosa Guillermo Espinosa Publicado el
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Sin frenar la entrada en vigor de la Reforma a la “Ley de Amnistía”, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio entrada a las impugnaciones, presentadas por senadores y diputados federales de oposición, a las modificaciones realizadas por legisladores de Morena y sus aliados.

Será el ministro Javier Laynez Potisek quien se encargue de elaborar el proyecto de sentencia que en su momento someta al Pleno de la Corte un proyecto de resolución para determinar si dicha reforma va acorde o no con la Constitución.

Cabe destacar que la reforma aprobada a dicha ley otorga facultades al presidente de México en turno para conceder amnistías de manera directa a personas vinculadas a proceso o ya sentenciadas, sin importar el tipo de delito.

El pasado 14 de junio se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la modificación a la “Ley de Amnistía” bajo las siguientes condiciones:

  1. Que la amnistía se otorgue a personas que aporten elementos comprobables que resulten útiles para conocer la verdad de los hechos en casos que sean relevantes para el Estado mexicano.
  2. Que en contra de la persona o personas a las que se conceda la amnistía se haya ejercido la acción penal, estén siendo procesados o se encuentren sentenciados por cualquier delito.

Con esto, el Ejecutivo en turno podrá conceder amnistía incluso a personas que hayan cometido delitos como:

• Contra la vida o la integridad corporal.
• Secuestro.
• Portación de armas de fuego.
• Delitos graves, previstos en el artículo 19 de la Constitución, que merecen prisión preventiva oficiosa.

Diputados del PAN el pasado abril manifestando su inconformidad con la reforma a la “Ley de Amnistía”. Foto: Cuartoscuro

Es importante señalar que integrantes de la oposición en las Cámaras de Diputados y el Senado de la República, mediante escritos presentados los días 10 y el 12 de julio del año en curso, impugnaron la modificación a la “Ley de Amnistía” referida anteriormente.

Sin embargo, fue hasta el pasado lunes 2 de septiembre que se publicó el acuerdo mediante el cual se informó la admisión a trámite por acciones de inconstitucionalidad, aunque se negó la suspensión de la entrada en vigor solicitada por los legisladores de oposición.

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