Reserva de información gubernamental pone transparencia en riesgo

Clasificar las obras de infraestructura del Gobierno federal como un asunto de seguridad nacional y reservar su información podría atentar contra la transparencia y fomentar la corrupción
Ernesto Santillán Ernesto Santillán Publicado el
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El decreto del presidente Andrés Manuel López Obrador, publicado el lunes 22 de noviembre en el Diario Oficial de la Federación, mediante el cual ordena que las obras que realiza el Gobierno federal se consideren un asunto de seguridad nacional, podría ser un golpe fatal para la rendición de cuentas, la transparencia y el combate a la corrupción.

Durante su conferencia mañanera, el titular del Ejecutivo federal aseguró que el documento no atenta contra la transparencia y que es simplemente “un acuerdo interno entre dependencias para facilitar y que podamos terminar las obras”.

“Esto no tiene nada que ver con la transparencia. Las secretarías, todos estamos obligados a rendir cuentas. Claro, el boletín de la derecha, que ya hasta da flojera, ya está hablando que es para no rendir cuentas, para que no haya transparencia, para que no haya honestidad”, dijo el presidente.

De acuerdo con el documento publicado en el DOF, la clasificación aplicaría para todo tipo de obras de infraestructura.

“Se declara de interés público y seguridad nacional la realización de proyectos y obras a cargo del Gobierno de México asociados a infraestructura de los sectores comunicaciones, telecomunicaciones, aduanero, fronterizo, hidráulico, hídrico, medio ambiente, turístico, salud, vías férreas, ferrocarriles en todas sus modalidades energético, puertos, aeropuertos y aquellos que, por su objeto, características, naturaleza, complejidad y magnitud, se consideren prioritarios y/o estratégicos para el desarrollo nacional”.

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Fundamentar la decisión

Al respecto, Eduardo Bohórquez, director ejecutivo de Transparencia Mexicana, opina que “el uso del concepto de ‘seguridad nacional’ abre la puerta a que funcionarios y dependencias clasifiquen como ‘reservada’ información que hoy se tiene que transparentar por mandato de ley”.

Además, explica que es posible que en algunas ocasiones ciertas partes de un proyecto se puedan clasificar como de seguridad nacional, sin embargo no puede ser el común denominador para todos los proyectos, además de que se debe de dar a conocer el motivo de tal decisión.

“Ciertas partes de un proyecto pueden considerarse temas de seguridad nacional, pero para clasificarse así, necesitan primero acreditar la “prueba de daño”.  La entidad tiene que probar cuál es la afectación a la seguridad nacional y no solo afirmarlo.

En cuanto a las autorizaciones provisionales para poder avanzar en los proyectos y después entregar los documentos establecidos por la ley, el director de Transparencia Mexicana dice que “hay una diferencia entre quitar trabas y brincarse las trancas”.

“Entiendo la intención del gobierno de acelerar sus proyectos emblemáticos, pero ello no debe hacerse a costa de cumplir con mecanismos de protección ambiental o de protección de los efectos nocivos a las comunidades”.

Responden los autónomos

Al darse a conocer el decreto presidencial en el Diario Oficial de la Federación, el Instituto Nacional de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), no tardó en pronunciarse advirtiendo que ya prepara una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en contra del “Acuerdo por el que los proyectos y obras de infraestructura del Gobierno de México son considerados de interés público y seguridad nacional”. 

De acuerdo con el órgano autónomo, luego de analizar los alcances del documento, el Pleno del INAI determinó ejercer este control constitucional con el cual buscará evitar que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal reserven por seguridad nacional, de manera generalizada y anticipada, la información relacionada con los proyectos y obras que el gobierno lleva a cabo, ya que atentan contra diversos principios constitucionales.

“Se advierte una posible transgresión al artículo 6º de la Constitución, en tanto que la seguridad nacional es un presupuesto de reserva de la información, de acuerdo al artículo 113 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

“En ese sentido, se corre el riesgo de que los sujetos obligados que generan la información de estos proyectos puedan pretender reservar información con base en el Acuerdo, lo cual vulneraría el derecho de acceso a la información”.

Por su parte, el Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, manifestó una seria preocupación por los alcances y repercusiones en la lucha contra la corrupción y la impunidad que provoca el decreto presidencial

“Es bien sabido que la opacidad es el catalizador de la corrupción, al cerrar al escrutinio público los contratos y promover excepciones en el cumplimiento de la regulación de las obras públicas en México, se está abriendo la puerta a probables abusos y dispendios.

“Si en verdad pretendemos acabar gradualmente con la corrupción y la impunidad, debemos negarle el hábitat que le proporciona la discrecionalidad”, argumentó en su comunicado al respecto.

Por último, el CPC también advirtió que el decreto implicaría una afectación al cumplimiento de la regulación de las contrataciones públicas en México, pero también, menos información pública y, eventualmente, menos rendición de cuentas sobre los procesos de licitación.

“Con ello, existe el riesgo de que aumenten los márgenes de discrecionalidad de las autoridades de todos los órdenes de gobierno y que se generen espacios de corrupción y de impunidad en detrimento del Estado de Derecho”.

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