Regular códigos de ética en radiodifusión es un ataque a la libertad de expresión: CIRT

La CIRT denunciará ante la OEA la resolución de la SCJN para restituir códigos de ética del IFT para regular a los medios de comunicación
Indigo Staff Indigo Staff Publicado el
Comparte esta nota

Hay un ataque directo a la libertad de expresión orquestado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al intentar regular los códigos de ética de los medios de comunicación, sentenció la Cámara Nacional de la Industria de la Radio y Televisión (CIRT).

Esto, luego de que la Segunda Sala de la SCJN aprobara la sentencia de amparo 499/2020 para restituir la entrada en vigor de los Lineamientos Generales sobre la Defensa de las Audiencias, emitidos por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) en 2016 y abrogados por el Congreso de la Unión en octubre de 2017.

“Es un ataque directo a la libertad de expresión y a los derechos de las audiencias”, señaló la CIRT en un posicionamiento público y llamó a las instituciones a corregir las decisión tomada por el Poder Judicial.

“Lo que constituye un grave retroceso, configura un modelo de censura, suprime la autorregulación y se viola flagrantemente la Constitución, por lo que se hace un llamado al trabajo jurídico conjunto para que a través de las instituciones del Estado se corrijan los excesos y riesgos del fallo judicial”.

De mantenerse esta decisión, señala la Cámara, se pone en riesgo la democracia en México y la libertad de expresión. Además, es probable que se reduzcan las fuentes de información disponibles.

Por ese motivo, el organismo denunciará la resolución tomada por la SCJN ante la Relatoría Especial sobre Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), de la Organización de los Estados Americanos.

¿En qué consisten los lineamientos del IFT de 2016?

El 21 de diciembre de 2016, el IFT publicó los Lineamientos Generales Sobre la Defensa de las Audiencias en el Diario Oficial de la Federación (DOF), modificando la Ley de Telecomunicaciones con controles excesivos para la libertad de expresión en los medios de comunicación.

Sin embargo, en octubre de 2017, el Senado dejó sin efecto esos candados, con el objetivo de que sean los propios medios de comunicación quienes controlen sus contenidos.

Entre los lineamientos descartados, esa legislación obligaba a líderes de opinión, conductores y periodistas en espacios televisivos y radiofónicos a diferenciar todo el tiempo a la información de la opinión, a través de campanillas o anuncios.

“Medida absurda que, por supuesto, no existe en ningún país democrático”, considera la Cámara Nacional de la Industria de la Radio y Televisión.

Además pretendían controlar la designación y actuación de los defensores de audiencias, “convirtiéndolo en un censor de contenidos al servicio de la autoridad”; así como intervenir en la libertad editorial de los medios de comunicación.

Te puede interesar: IFT impugnará Padrón de Datos Biométicos ante SCJN por inconstitucional

Síguenos en Google News para estar al día
Salir de la versión móvil