¿Quién es Ricardo Badín, el hombre que fiscalizará al PRD al extinguirse como partido?

Tras no lograr el tres por ciento de la votación requerida para mantener su registro el pasado 2 de junio, esto es lo que sigue para el ‘sol azteca’
Janet Gómez Janet Gómez Publicado el
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El Instituto Nacional Electoral (INE) anunció que Ricardo Badín Sucar será el interventor que fiscalizará al Partido de la Revolución Democrática (PRD) al extinguirse como partido tras la pérdida de su registro a nivel nacional.

Badín Sucar estará a cargo de la vigilancia y destino de los recursos del partido hasta que el Tribunal Electoral anuncie formalmente la extinción del ‘sol azteca’. A esta fase se le conoce como de ‘prevención’.

El partido entró en la fase de prevención. Foto: Cuartoscuro

¿Cómo eligió el INE al fiscalizador del PRD?

La elección de Ricardo Badín se realizó mediante un sorteo que consideró a 48 expertos del Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles y fue realizado en el propio órgano electoral.

La insaculación se hizo en presencia de Ángel Ávila, representante del PRD ante el INE. Vale destacar que para este puesto no fueron considerados especialistas o auxiliares en procedimientos vigentes en liquidación de partidos políticos.

El anuncio oficial fue realizado por David Ramírez, encargado de despacho de la Unidad Técnica de Fiscalización  del INE, quien explicó la razón por la que el PRD debe desaparecer.

“El artículo 385 numeral uno del reglamento de fiscalización, establece que un partido político entra en periodo de prevención cuando se ubica en alguno de los supuestos previstos en el artículo 94 de la ley General de Partidos Políticos, comprendido a partir de que de los cómputos que se realizan en los consejos distritales del Instituto, se desprenda que este no obtuvo el tres por ciento de la votación”, explicó Ramírez.

Todos los activos del partido deben ser fiscalizados. Foto: Cuartoscuro

¿En qué ocupará su presupuesto para el PRD?

De acuerdo con el artículo 386 del Reglamento de Fiscalización, a partir de esta fecha hasta la desaparición del partido, el organismo político debe cumplir con la siguientes obligaciones:

  • Sólo se podrán pagar gastos relacionados con la nómina e impuestos
  • Deberá suspender cualquier pago a proveedores o prestadores de servicios
  • No podrá celebrar contratos, compromisos, pedidos, adquisiciones u obligaciones. Suspender pagos de obligaciones vencidas
  • Abstenerse de enajenar activos del partido político
  • Abstenerse de realizar transferencias de recursos o valores a favor de persona alguna, independientemente de que se trate de sus trabajadores, dirigentes, militantes, simpatizantes o cualquier otro tercero
  • Deberá entregar de manera formal, a través de Acta de entrega recepción al interventor, describiendo a detalle los activos y pasivos que constituyen el patrimonio del partido, así como las contingencias de las que se tenga conocimiento
  • El PRD no podrá realizar actividades distintas de las encaminadas a la recuperación de cuentas y a hacer líquido su patrimonio
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