El ex gobernador de Tamaulipas, Francisco Javier García Cabeza de Vaca, se amparó luego que un juez federal concedió dos suspensiones definitivas por las cuales se ordena suspender de manera indefinida las órdenes de aprehensión giradas en su contra.
Y no sólo eso, sino que con dichas suspensiones definitivas tampoco se suspenden sus derechos políticos-electoralespara que pueda votar y ser votado.
Lo anterior fue confirmado por su defensa del Bufete Ruiz Durán SC Abogados y Coello Trejo y Asociados, quienes indicaron que las medidas cautelares fueron otorgadas por un juez federal en Materia de Amparo.
“Por lo tanto, el juez de Amparo determinó sin lugar a duda ninguna que Francisco Javier García Cabeza de Vaca no es prófugo de la justicia”, señalaron sus abogados.
La defensa de Cabeza de Vaca apuntó que su cliente tiene pleno goce de sus derechos políticos y electorales, por lo que puede ser votado y votar.
Con lo anterior también se obliga al Instituto Nacional Electoral (INE) a cumplir la suspensión definitiva decretada.
“En ese sentido, cualquier acto de las autoridades electorales que pretenda restringir su derecho a contender como diputado federal en las próximas elecciones, estaría violando dicha suspensión definitiva y sería constitutivo del delito previsto en la fracción III del artículo 262 de la Ley de Amparo”, precisaron.
Cabe recordar que, previamente, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que debido a que se encuentra prófugo de la justicia, el exgobernador de Tamaulipas no puede competir por un puesto de elección popular.
A consecuencia de ello, el TEPJF también canceló su registro como diputado plurinominal por el PAN.
Al resolver una queja interpuesta por Morena en contra de la resolución del INE que le otorgó al exmandatario de Tamaulipas el registro como candidato a diputado federal del PAN por el principio de mayoría relativa, la magistrada Janine M. Otálora Malassis recordó que la impugnación se deriva de tres elementos:
-Que el candidato posee doble nacionalidad
-Que no cumple con el requisito de residencia efectiva de más de seis meses antes del día de la elección y
-Que no es originario de la entidad federativa por la cual se le postula; así como es prófugo de la justicia.