El Servicio Nacional Militar entró en vigor el 3 de agosto de 1942 por decreto presidencial de Manuel Ávila Camacho. Se trata de un trámite obligatorio que todo varón mexicano debe realizar al cumplir 18 años, así como las mujeres que lo deseen, para obtener la Cartilla Militar.
La obligatoriedad de este trámite sucedió bajo el contexto de la Segunda Guerra Mundial, ante el clima de incertidumbre que se vivía, se motivó la creación del Servicio Nacional Militar.
Esto, con el objetivo de adiestrar a los jóvenes en una edad en la que gozaban plenamente de sus capacidades, no para el ataque de otras naciones, sino para la defensa de la soberanía nacional.
La idea fue que todos los jóvenes mexicanos contaran con la capacitación y adiestramiento militar básico para participar en la defensa del país, en dado momento, si fuera necesario.
Más tarde, en el 2000, las mujeres se incorporaron al Servicio Militar de manera voluntaria, mediante programas de reclutamiento en escuelas y centros laborales.
¿Cómo se libera el Servicio Militar en México?
La realización de este trámite es una obligación ciudadana que está estipulada en la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, por lo que es obligatorio, aunque existen algunos ciudadanos que no lo realizan en el año que les corresponde.
Vale resaltar que el Servicio Militar Nacional se desarrolla en cinco fases: alistamiento (reunión informativa y recepción de documentos), sorteo, reclutamiento, adiestramiento y liberación.
El servicio se puede prestar en tres modalidades:
- En disponibilidad: cuando en el sorteo toca “bola negra”
- Presencial: cuando toca “bola blanca”
- Encuadrado en una compañía del SMN
¿Cuál es la sanción por no liberar el servicio militar?
Pese a estar establecido en la Constitución, si un ciudadano no cuenta con una Cartilla Militar Liberada, no tiene una sanción establecida. Sin embargo, es importante considerar que los varones entre 18 y 39 años, pueden liberar el Servicio Militar en cualquier momento de este periodo.
En el caso de los varones mayores de 40 años, ministros de culto o miembros de la comunidad menonita, el SMN establece una excepción, aunque el trámite se puede liberar sin tener que prestar servicio.
Es preciso señalar que algunos trabajos como los que tienen que ver con el sector de la seguridad, tanto pública como privada, establecen como una obligación presentar la Cartilla Militar.
Así como también, las vacantes en el Servicio Profesional de Carrera, pues para contender por una vacante en el Servicio Público es necesario presentar el documento.
¿Cuándo y dónde tramitar la Cartilla Militar?
Cada año, la Secretaría de Defensa Nacional (Sedena) establece un periodo del 2 de enero al 15 de octubre de cada año, para que la población de entre 18 a 39 años de edad libere la Cartilla Militar.
Para efectuar el trámite, es necesario acudir a la Junta Municipal o alcaldía de reclutamiento, y en el caso de los mexicanos que radican fuera del país, el trámite se realiza en las oficinas consulares de México.
Para acudir se deben presentar los siguientes documentos:
- Acta de nacimiento
- Comprobante de domicilio
- Comprobante del grado máximo de estudios
- Clave Única de Registro de Población (CURP)
- Formato universal para trámites del Servicio Militar Nacional
- Cuatro fotografías recientes
Al momento de la captura de la foto, los varones deben tener las patillas y el bigote recortados, el cabello con casquete corto y presentarse sin barba.