El presidente Andrés Manuel López Obrador publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un decreto por el que se establecen multas a personas que impidan el paso a playas privadas.
21_10_2020 Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones a la Ley General de Bienes Nacionales, para garantizar el libre acceso y tránsito en las playas. https://t.co/I5JbycFTxr pic.twitter.com/9ecXTibSFi
— Diario Oficial DOF (@DOF_SEGOB) October 21, 2020
El decreto adiciona un párrafo al artículo 8 de la Ley General de Bienes Nacional.
En la nueva disposición se establece que “el acceso a las playas marítimas y la zona federal marítimo terrestre contigua a ellas no podrá ser inhibido, restringido, obstaculizado ni condicionado salvo en los casos que establezca el reglamento”.
Este decreto entrará en vigor un día después de su publicación, por lo que se hará efectivo a partir del próximo jueves.
Quienes impidan el acceso a las zonas marítimas, serán sancionados con 3 mil a 12 mil veces la Unidad de Medida y Actualización vigente, equivalentes a 260 mil 640 a un millón 42 mil 560 pesos.
Estas multas serán aplicadas a propietarios de terrenos colindantes y a los titulares de concesiones, permisos u autorizaciones que por cualquier medio o acto impidan el paso a playas privadas.
También se realizó una modificación al artículo 127, que señala que en caso de que no haya vías públicas o accesos a las playas, los propietarios de estos espacios deberán brindar el acceso a las mismas, los cuales se establecerá de común acuerdos con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).
¿Qué dice la Ley sobre las playas privadas?
En el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se establece que la propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro del territorio nacional corresponde originalmente a la Nación.
Sin embargo, también se menciona que la federación podrá transmitir el dominio de estas a los particulares, constituyendo así la propiedad privada de esta.
Decretos como el lanzado por el presidente López obrador están amparados en este mismo artículo, pues una reforma correspondiente a enero de 1992 establece que la Nación podrá imponer a la propiedad privada disposiciones en beneficio de la población.
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“La nación tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público, así como el de regular, en beneficio social, el aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de apropiación, con objeto de hacer una distribución equitativa de la riqueza pública, cuidar de su conservación, lograr el desarrollo equilibrado del país y el mejoramiento de las condiciones de vida de la población rural y urbana”, se menciona en dicho artículo.
La Ley Federal del Mar se establece en su segundo artículo que las zonas marítimas en las que el estado mantiene jurisdicción, y puede dictar disposiciones públicas, son: el Mar Territorial, las Aguas Marinas Interiores, la Zona Contigua, la Zona Económica exclusiva, la Plataforma Continental y las Plataformas Insulares.
Para que empresarios obtengan permiso para establecerse en una playa, que pese a estar concesionada se considera territorio federal, realizan un pago anual, o mensual, cuyo monto se calcula según lo asentado en la Ley de Ingresos Federales.
Sin embargo, pese a que personas o empresas puedan adquirir la concesión de los espacios, el paso a estos no puede ser delimitado.
Hasta abril de 2019, 153 kilómetros cuadrados, equivalentes a 32.2 por ciento del territorio nacional, correspondientes a playas se encontraban en manos de particulares.