Esta tarde, durante su nombramiento, Leonardo Lomelí Vanegas, próximo rector de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), aseguró que la investigación contra la ministra Yasmín Esquivel Mossa continuará.
¿Qué se sabe?
De acuerdo con el próximo rector de la UNAM, quien estará para el periodo del 2023 al 2027, la investigación por plagio de la ministra Esquivel Mossa no se abandonará.
“Estamos en un proceso en el cual hay varios recursos todavía por resolverse en el Poder Judicial de la Federación, entonces estaremos atentos a que se resuelvan, pero sí, una vez que se resuelvan, procederemos de acuerdo al cauce que se determinó previamente”, expresó.
La investigación
La investigación versa sobre un presunto plagio de la Yasmín Esquivel Mossa en su tesis de licenciatura, en 1987.
Su tesis estuvo asesora por la profesora Martha Rodríguez Ortiz, quien fue dada de baja por la UNAM el pasado 18 de enero.
📌 Un juez federal echó abajo la resolución que protegía a la ministra de la @SCJN, Yasmín Esquivel Mossa, la cual impedía a la Universidad Nacional Autónoma de México pronunciarse sobre el probable plagio de su tesis de licenciatura. pic.twitter.com/MCsqvyHnCj
— Informando 4T (@Informando4T) November 7, 2023
Revocan suspensión
Un juez federal revocó la suspensión que un juzgado civil de la Ciudad de México le había otorgado a la ministra Yasmín Esquivel Mossa para frenar el procedimiento que la UNAM inició para revisar y determinar si cometió plagio para aprobar su tesis de licenciatura.
La resolución del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Civil del Primer Circuito con sede en la Ciudad de México contra actos del Juez Sexagésimo de lo Civil de carácter local advirtió que la suspensión otorgada a la ministra Yasmín Esquivel violó la garantía de audiencia de la UNAM, debido a que la misma no fue notificada del litigio que interpuso la defensa de la ministra Esquivel.
La sentencia que se publicó este martes también advierte que la suspensión no estaba justificada por las excepciones de “cautela, urgencia y peligro” que permiten dictar medidas cautelares en casos civiles, por lo que al no cumplir con dichas condiciones, el fallo vulnera el derecho de audiencia previsto en el artículo 17 de la Constitución Mexicana.
Además, la resolución destaca que el juicio civil contempla el principio de bilateralidad, por lo que al no existir condiciones de urgencia o peligro, el juez de carácter local violó el derecho de defensa de la Máxima Casa de Estudios.