La fracción parlamentaria del PAN en la Cámara de Diputados propuso reformas para que se incluya en la Constitución una excepción que permita la publicación de información sobre la salud, tanto física como mental del presidente en funciones.
Esto, con el propósito de asegurar que el presidente de la República mantenga una salud óptima para el ejercicio del gobierno, manifestó el legislador Éctor Jaime Ramírez Barba, quien dijo que es crucial que quien lidera y protege la soberanía y seguridad del país esté siempre en condiciones óptimas.
“Durante los últimos sexenios, ciudadanos y medios de comunicación han solicitado conocer el estado de salud y el expediente clínico del presidente en turno, a menudo debido a especulaciones o escenarios de incertidumbre, como sucede hoy en Estados Unidos. Sin embargo, tanto instituciones públicas garantes del derecho al acceso de la información, como tribunales, han rechazado consistentemente proporcionar esta información, argumentando su carácter confidencial y reservada”, indicó.
Recientemente, en el contexto de las elecciones presidenciales en Estados Unidos, ha surgido un debate sobre el estado de salud del actual presidente Joe Biden. Los chequeos médicos del mandatario estadounidense pueden consultarse en la página de internet de la Casa Blanca:
México, sin voluntad política para conocer salud de mandatarios
En México, en cambio, no ha existido voluntad política para conocer el estado de salud de los mandatarios, incluso en circunstancias de hospitalizaciones y cirugías de riesgo.
Manifestó que el presidente de la República es el representante del Estado mexicano y tiene una amplia gama de responsabilidades para las que debe estar en pleno goce de sus capacidades físicas y mentales: Es el encargado de promulgar y ejecutar las leyes, también es responsable de preservar la seguridad nacional, disponer de la guardia nacional, declarar la guerra y dirigir la política exterior. Además, el presidente es el único que puede restringir o suspender el ejercicio de derechos o garantías en todo el país.
Ramírez Barba recordó que en enero del 2022, el presidente Andrés Manuel López Obrador fue sometido a una intervención quirúrgica delicada, pero en esa ocasión, la Secretaría de Gobernación solamente informó lo siguiente “esta mañana alrededor de las 10:30h, el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, ingresó al Hospital Central Militar; por los antecedentes de hipertensión y cardiacos del señor presidente, se le realizan estudios preventivos y rutinarios cada seis meses (laboratorio, electrocardiograma, prueba de esfuerzo y/o tomografía).
El legislador panista dijo que la salud del presidente puede afectar su capacidad para tomar decisiones, lo que puede llevar a retrasos en la implementación de políticas y programas.
Consideró que una mala salud puede generar incertidumbre política, lo que puede desestabilizar la confianza pública y la de los mercados internacionales; la capacidad de respuesta rápida y efectiva a crisis nacionales o internacionales puede verse comprometida si el presidente no está en plena capacidad de sus funciones.
Además, las relaciones diplomáticas pueden verse afectadas si el presidente no puede participar en reuniones y cumbres internacionales, lo que puede debilitar la posición del país en negociaciones y acuerdos.
Ley debe garantizar a ciudadanos derecho a estar informados
Por ello, indicó que la ley debe garantizar a los ciudadanos el derecho de estar informados sobre las condiciones de salud de su presidente.
Se plantea mandatar que en la apertura de Sesiones Ordinarias del Primer Periodo de cada año de ejercicio del Congreso, el Presidente de la República presente un informe clínico actualizado en versión pública donde se haga constar de su buena salud mental y la ausencia de una enfermedad incapacitante.
Y también que en la Constitución quede establecido el requisito que para desempeñar el cargo de presidente de la República se tenga buen estado de salud mental y ausencia de enfermedad incapacitante, que deberá acreditarse con los estudios clínicos y dictámenes médicos de conformidad con las normas aplicables y la ley en la materia, mismos que deberán hacerse públicos.