La difusión masiva de grabaciones y documentos relacionados con el caso Emilio Lozoya pone en riesgo el debido proceso y puede afectar el camino a la justicia.
Diversas tesis de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) indican que un elemento de prueba puede desestimarse cuando se viola la presunción de inocencia de una persona imputada por un ilícito, uno de los casos más emblemáticos de esto es el de Florence Cassez, cuya detención fue mostrada en medios de comunicación de alcance nacional.
Al violarse su derecho de presunción de inocencia y no haber sido presentada ante la autoridad el mismo día de su detención, las pruebas fueron desestimadas por la Corte que ordenó su libertad por todos los vicios en el proceso.
“La sola exhibición de personas imputadas en los medios de comunicación representa una forma de maltrato que favorece el terreno de ilegalidad y que propicia otras violaciones a derechos humanos. Por tanto, estas acciones deben ser desalentadas con independencia de si ello influye en el dicho de quienes atestiguan contra el inculpado”, estableció la Primera Sala de la SCJN en el Semanario Judicial correspondiente a mayo de 2013.
Algo similar podría ocurrir con la grabación en la que una persona entrega bolsas con billetes a Ricardo Caraveo Opengo, exfuncionario del Senado de la República, y Guillermo Gutiérrez Badillo, quien fungía como secretario particular de Francisco Domínguez, gobernador de Querétaro, hasta el lunes pasado.
Ambos personajes fueron identificados en el video recibiendo dinero que fue relacionado con los supuestos sobornos que Emilio Lozoya habría repartido en 2013 a fuerzas políticas opositoras al PRI para que votaran a favor de la Reforma Energética.
Días más tarde, la denuncia de hechos presentada por el exdirector de Pemex en contra del extitular de la Secretaría de Hacienda, Luis Videgaray, y el expresidente Enrique Peña Nieto, entre otros personajes, en la que los acusa de darle órdenes para cometer actos de corrupción también fue difundida en diversos canales de información.
Tras la divulgación, la Fiscalía General de la República (FGR) informó que la copia en circulación de la denuncia no fue proporcionada por su personal y detalló que abrió una carpeta de investigación para citar a quienes accedieron al documento y realizar las diligencias necesarias.
Tribunal mediático
Estefanía Medina, cofundadora de la organización Tojil, explica que las filtraciones sobre el caso Lozoya propiciaron un tribunal mediático y no jurídico, que es la vía por la cual deben desahogarse las pruebas contra los probables responsables.
La difusión del video en el que se observa la entrega de millones de pesos a servidores públicos llegó hasta la conferencia matutina del presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO), quien mostró la grabación ante los representantes de la prensa.
“A mí me gustaría que se considerara un asunto de Estado y que la Fiscalía informara qué declaró el señor Lozoya, conocer la denuncia completa y conocer si es este el video u otro, todo lo que tiene la Fiscalía. Transparencia, primero, que el pueblo se entere”, expresó el jefe del Ejecutivo el martes 18 de agosto.
Medina considera que aún cuando la divulgación de posibles elementos de prueba en medios de comunicación no es sinónimo de que sean desestimados, subsiste la probabilidad de que pierdan su validez.
“No me parece que sea una fórmula tan tajante para decir que si algo apareció en un medio ya no puede servir, sino que puede correrse el riesgo de que en el análisis de la valoración pueda tener afectaciones, pero deben acreditarse otros elementos tal como le hecho de que efectivamente ese video ya hizo parecer como culpables a los participantes y que esto pudo llegar a tener un ánimo en los jueces encargados de juzgar el caso”, agrega la abogada.
Caso Lozoya en la opacidad
Las restricciones impuestas por el Poder Judicial de la Federación para no difundir las audiencias del caso Lozoya, en las que se le vinculó a proceso por operaciones con recursos de procedencia ilícita a finales de julio, violan el artículo 20 constitucional el cual establece que los juicios deben llevarse a cabo de manera pública.
Bajo el argumento de prevenir contagios de COVID-19 por la actual pandemia, el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) determinó abrir un canal de información vía WhatsApp para que la prensa diera el seguimiento de lo ocurrido en las audiencias, es decir, que no hicieron uso de otras herramientas digitales como video en tiempo real de dichos trámites.
Para Estefanía Medina es una contradicción que la autoridad no revele datos relevantes sobre la investigación contra Emilio Lozoya mientras ocurren filtraciones de grabaciones y nuevas denuncias.
“Pareciera que están actuando al revés: hay filtraciones de información que deberían ser mucho más reservadas hasta que se tengan datos de la investigación y por otro lado lo que debería ser público, porque lo dice la Constitución como las audiencias, se limitan de manera completamente arbitraria.
“Pareciera que hay una doble visión sobre qué es público y qué no. Resulta que lo que debe ser público no lo es y que lo que debe ser reservado se está divulgando de manera tan preocupante”, considera la cofundadora de Tojil.