La justicia no llegará pronto para miles de personas detenidas sin sentencia luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) suspendiera el proyecto que planteaba que la prisión preventiva oficiosa fuera la excepción y no la regla como ocurre actualmente.
En el estado de Chihuahua más de dos mil 200 personas permanecen recluidas en centros penitenciarios en espera de ser sentenciados por delitos del fuero común.
Es decir, están sujetos a la medida cautelar de prisión preventiva, aunque oficialmente deben ser considerados como inocentes por el derecho constitucional de la presunción de inocencia.
A lo largo de los últimos cinco años los jueces del fuero común han aprobado esta medida cautelar en contra de 16 mil 669 personas, de acuerdo con cifras del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Chihuahua.
La magistrada presidenta del TSJ, Myriam Victoria Hernández Acosta, reconoce que en el estado de Chihuahua se ha abusado de esa medida cautelar. Sin embargo, la considera necesaria.
“Me parece que tendría que hacerse una reflexión con un poco más de calma para tomar una decisión más acertada”, declara Hernández.
Prisión preventiva, ‘no tiene sentido’
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) determinó que enviar a una persona a la cárcel como medida cautelar es una práctica violatoria de derechos humanos, abusiva y autoritaria.
Para el periodista y académico especializado en el sistema judicial mexicano, Marco Lara Khlar, la prisión “automática” que contempla la Constitución para las personas que fueron acusadas de haber cometido algún delito grave no tiene sentido ya que para eso existe la prisión preventiva como medida cautelar, es decir, sin que sea de oficio imponerla.
En este caso es atribución del juez determinar si la aprueba o no en base a cada caso concreto.
“La prisión preventiva oficiosa lo que hace es que convierte al Ministerio Público en una especie de juez y al juez lo convierte en una figura burocrática. Básicamente si el Ministerio Público lo solicita, el juez lo tiene que aceptar con un bajísimo estándar probatorio”, explica.
El especialista refiere que si la existencia de la prisión preventiva oficiosa se combina con el hecho de que la Guardia Nacional sea incorporada a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), México estaría entrando al militarismo.
“Es decir, a un cogobierno con las Fuerzas Armadas, a una ideología que parte del principio de que la gobernabilidad solo es posible cuando se realiza entre el poder civil y el poder militar y se permitirá validar las detenciones arbitrarias que podrían ocurrir en el país.
“El Ejército, la Marina detienen a personas masiva y arbitrariamente, practican sistemáticamente la tortura, practican sistemáticamente la detención arbitraria. Entonces, sencillamente entregan al Ministerio Público a las personas detenidas y el Ministerio Público las imputa sin conocerlas, sin saber ni siquiera su nombre, ni dónde viven y ni quiénes son, les imputa un delito de prisión preventiva oficiosa y los manda a prisión. Eso ya lo vimos en el Gobierno de Calderón y fue un fracaso terrorífico, más del 80 por ciento de las personas que fueron privadas de libertad en el ámbito federal tuvieron que ser liberadas”, afirma.
‘Medida peligrosa’
El Artículo 19 de la Constitución Mexicana señala que el juez ordenará la prisión preventiva oficiosa en los delitos de abuso o violencia sexual contra menores, delincuencia organizada, homicidio doloso, feminicidio, violación, secuestro, trata de personas, robo de casa habitación, uso de programas sociales con fines electorales y corrupción tratándose de los delitos de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones.
También en los ilícitos robo al transporte de carga en cualquiera de sus modalidades, delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, delitos en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares, delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, delitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea, así como los delitos graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad, y de la salud.
Cristina Reyes Ortiz, directora de Litigio Estratégico de México Unido contra la Delincuencia, indica que la prisión preventiva como medida cautelar es muy peligrosa ante los niveles de impunidad existentes en México pues ellos han documentado que en más del 90 por ciento de los delitos no hay acceso a la justicia, sin que esto se refiera solo a la imposición de una sanción a quienes cometen un delito, más bien considerando que el Estado no cumple con dar acceso al derecho a la verdad para las víctimas, estas tampoco son escuchadas y no hay una reparación del daño. Lo que en conjunto ha generado un rompimiento social
“Las autoridades solamente se dedican a detener personas, pero no a esclarecer los hechos. La prisión preventiva también permite que las autoridades investiguen poco, solo para justificar detenciones, pero no para garantizar el derecho a la verdad de las víctimas y tampoco para demostrar la culpabilidad.
“Eso abre la puerta a muchas arbitrariedades, a la transgresión de la presunción de inocencia de las personas detenidas y transgrede su derecho a la defensa efectiva y sabemos que el hecho de que una persona entre a la cárcel también genera una afectación muy grande a sus familias en su economía y al tejido social”, señala.
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