En México, 9.4 millones de mujeres han sido víctimas de violencia digital, la mayoría por la difusión de imágenes íntimas sin su consentimiento.
De acuerdo con el Informe Justicia en Trámite: El limbo de las investigaciones sobre violencia digital en México, la violencia sexual digital afecta de manera desproporcionada a las mujeres en el país.
Según la encuesta del Módulo sobre Ciberacoso del INEGI, levantado en 2017, las mujeres reciben más propuestas de carácter sexual (30.8 por ciento) que los hombres (13.1 por ciento); y también reportan recibir más contenido sexual no solicitado (23.9 por ciento) que ellos (14.7 por ciento) a través de plataformas digitales.
La organización Luchadoras enfatiza señala que la importancia de hablar sobre la difusión de imágenes íntimas sin consentimiento, radica en que constituye una de las formas de violencia de género digital más comunes en el país, además, es un acto de objetualización sexual a través de las tecnologías que atenta contra la vida íntima, sexualidad y privacidad de las mujeres.
Con base en el documento, tan solo en los últimos tres años se han abierto dos mil 143 carpetas de investigación en 18 estados del país por el delito de difusión de imágenes íntimas sin consentimiento, de ellas, solo el 84.46 por ciento de las víctimas fueron mujeres y el 83 por ciento de las carpetas de investigación siguen en trámite.
“Al investigar nos encontramos con que muchas veces, los Ministerios Públicos, la Fiscalía y la Policía Cibernética responden a las denunciantes con muy poca sensibilidad y carencia de información pues les dicen que ‘eso llevará tiempo’ o que deben ‘llevar más pruebas’, con eso solo obstaculizan el acceso a la justicia y siguen en un marco de revicitmización”, denuncia Lulú Barrera, integrante de la organización.
Luchadoras resalta que gracias a la lucha de activistas, legisladoras y organizaciones sociales es que en 2012 se llevó a cabo la primera reforma para reconocer la difusión de imágenes íntimas sin consentimiento como un delito en el estado de Sinaloa, también recordaron que a partir de 2018, con la aprobación de las reformas conocidas como “Ley Olimpia” en Puebla, comenzó un auge en la tipificación de este delito, que hoy figura en los Códigos Penales de 28 estados.
Pese al avance legal, solo el 17 por ciento de las carpetas iniciadas encuentran alguna forma de conclusión a través de alternativas de justicia sin llegar a juicio, tales como la suspensión condicional del proceso, el acuerdo reparatorio o el juicio oral abreviado.
“Preocupa que en algunos estados como Chihuahua y Zacatecas se ha recurrido al otorgamiento del perdón por parte de la víctima, una medida que no se recomienda en casos de violencia de género de acuerdo a estándares internacionales” estipula el Informe.