Polémica por filtraciones y difamación en investigaciones
Una iniciativa de ley pretende sancionar penalmente la difamación y coadyuvar a evitar la filtración de datos de carpetas de investigación. Sin embargo, especialistas advierten que podría limitar la libertad de prensa
David MartínezA pesar de la polémica que despertó una iniciativa de ley, no será retirada y continuará su camino debido a su importancia para evitar la difamación y las filtraciones de investigaciones judiciales, asegura el diputado promovente.
El pasado 27 de agosto, el legislador local Eleazar Rubio Aldarán presentó una propuesta de reforma en el Congreso de la ciudad que, se difundió en medios de comunicación, busca prohibir las investigaciones periodísticas.
Rubio Aldarán asegura que la propuesta fue tergiversada, pues su intención es prevenir la difamación y sancionar las filtraciones de las carpetas de investigación, que terminan viciando los procesos y revictimizando.
Sin embargo, especialistas indican que, aunque no es la intención, podría atentar contra la libertad de expresión.
Contra la difamación
Rubio Aldarán asegura que su iniciativa busca sancionar a quienes generen “fake news” y difamen por cualquier medio con la intención de hacer daño.
Argumenta que actualmente en las redes sociales se difunden una gran cantidad de noticias que pretenden afectar a las personas, por lo cual, se hace necesario legislar al respecto.
“Lo que hace falta es sancionar al que hace noticias falsas, con ánimo de perjudicar a las personas”, señala.
Explica que quienes difundan noticias falsas no serían sancionados, sino quien la originó.
La reformas contra las filtraciones
La iniciativa plantea dos reformas a los artículos 214 y 215 del Código Penal de la Ciudad de México para castigar y tipificar la difamación.
“Comete delito de difamación, quien de manera deliberada y con el propósito de dañar a una persona, comunique un hecho falso, a una o más personas de forma verbal o por cualquier medio de comunicación.
“Y esto le cause o pueda causar a la víctima u ofendida una afectación en su dignidad, honor o reputación, imponiéndole una pena de dos a cinco años y de seiscientas a mil Unidades de Medida y Actualización”, menciona la propuesta de texto del artículo 214.
Mientras que la modificación del 215 explica que dicho ilícito se investigará por denuncia.
“El delito de difamación se perseguirá por querella. En el caso que se refieran a una persona ya fallecida, se procederá por querella del cónyuge, concubina o concubinario, pareja permanente, ascendientes, descendientes o hermanos”, señala el apartado mencionado.
En entrevista, Rubio Aldarán dice que su propuesta también busca evitar las filtraciones de las carpetas de investigación debido a que se plantea castigar cuando se difame a personas fallecidas. Situación que es un problema en temas de feminicidio.
“En los periódicos a veces vemos cómo hay fotos de las víctimas de homicidio o se filtran datos de la carpeta de investigación que ofenden a las víctimas, esto es una falta al procedimiento, que entre servidores públicos ya está sancionada, pero no a nivel penal”, detalla.
Un ejemplo de esto es la separación de dos agentes del Ministerio Público en agosto de 2019, quienes filtraron datos de una carpeta de investigación relacionada con la violación de una menor de edad en Azcapotzalco.
Al final, ante las filtraciones, la víctima no continuó con el proceso legal por el acoso recibido.
Además, argumenta el diputado, su propuesta de reforma está en concordancia con la Ley Olimpia, que fue aprobada en diciembre de 2019 y castiga la violencia digital.
“Queremos que no exista este tipo de situaciones, ya legislamos por la violencia digital con la Ley Olimpia, que es sancionar las filtraciones de contenido íntimo, porque tiene el fin de dañar”, declara Rubio Aldarán.
Proceso de consulta
El legislador de Morena señala que la iniciativa, como parte del proceso de dictaminación, pasará a consulta a la Comisión de Derechos Humanos del Congreso.
Si ese órgano llegara a determinar que viola los derechos, la retirará.
En este sentido, explica que si los portales noticiosos o periódicos llegaran a difundir contenidos falsos o que difamen, ellos no serán los castigados, sino quien dio origen a dicha información.
Nuevo intento de ley mordaza
Héctor Segovia Tavera, especialista de la Facultad de Derecho de La Salle, afirma que la iniciativa de Rubio Aldarán, aunque no de manera explícita, sí podría limitar la libertad de expresión.
En primer lugar, señala que los artículos de los que habla el legislador, el 214 y 215 del Código Penal, ya fueron derogados en 2006.
Esto significa que ya no están vigentes y el legislador de Morena pretende revivirlos al proponer un texto en ellos para sancionar la difamación.
“Una reforma de 2006 quitó la difamación del Código Penal y solo se dejó en lo civil, aunque se diga lo contrario, la reforma podría coartar la libertad de expresión”, señala.
Explica que si un periodista publica un texto con un dato erróneo, sin intención e infringe un daño, según la reforma podría ser castigado penalmente.
“Por eso existe el derecho de réplica para que si un periodista publica un dato equivocado, los aludidos puedan aclararlo y, en cambio, con la reforma podría tener consecuencias penales, por eso no debe pasar”, refiere.