Tras dos años de rezago, el Parque Nacional Cumbres de Monterrey fue declarado área natural protegida por las autoridades federales al publicar el Plan de Manejo en el Periódico Oficial de la Federación.
En el documento se explica las reglas que se deberán acatar en el área y que radican, principalmente, en prohibir las construcciones con carácter de urbanización.
“No se podrá autorizar la fundación de nuevos centros de población, ni la urbanización de las tierras ejidales, comunales o particulares, incluidas las zonas de preservación ecológica de los centros de población” dice el comunicado.
Durante años hubo disputas legales en la zona conocida como La Huasteca por parte de propietarios y dentro del decreto se establece que el área fue declarada como de uso publico por lo cual quedaron excluidos los predios de personas amparadas.
Sin embargo, durante el tiempo que no hubo actualización del reglamento se generaron construcciones ilegales, afectaciones en la flora y fauna, así como también tiraderos de basura, que dejaban las personas que acudían como turistas a La Huasteca.
Ahora con la entrada en vigor, la autoridad federal tendrá la facultad de detener la invasión, abuso de los recursos naturales, depredación ya sea por los visitantes o los mismos habitantes del lugar.
Además, los alcaldes que comparten el área geográfica con el parque quedaron imposibilitados de otorgar permisos de construcción, como los desarrollos inmobiliarios.
Actividades que quedan prohibidas
- Campos de golf
- Minería
- Construcciones
- Cacería
- Extracción de plantas
- Centros de población
- Modificación de acuíferos
- Descargar contaminantes
En el año 2000 las autoridades estatales y federales redelimitaron el área para que abarcará los municipios de Monterrey, San Pedro, Santa Catarina, García, Santiago, Allende y Montemorelos.