El beneficio estará disponible únicamente para personas físicas del Estado de México. Foto: Especial.

Pago de tenencia Edomex: Estos son los requisitos para exentar esta tarifa en 2025

Este año las autoridades estatales informaron sobre un cambio en el valor máximo en el que un vehículo puede exentar el pago de tenencia

Para 2025 el Estado de México informó sobre nuevas disposiciones para la tenencia, reemplacamiento y verificación vehicular. Esta medida afecta a los más de 10.2 millones de vehículos que están registrados en la entidad.

Los cambios fueron publicados en la gaceta oficial del estado. Según información oficial, el objetivo de estas medidas es beneficiar a las personas contribuyentes y mejorar la administración vehicular local.

Entre los cambios destaca el aumento en el límite del valor para poder acceder al subsidio del impuesto sobre la tenencia o uso de vehículos motorizados.

De esta manera, este año aquellas personas que tengan vehículos cuyo valor no sea mayor que 550 mil pesos podrán beneficiarse de esta medida. Esto representa un aumento significativo con respecto al límite de 350 mil pesos que se mantuvo vigente hasta 2024.

Es importante tener en cuenta que el valor para el subsidio no es el mismo para las motocicletas. Para este caso, el valor deberá ser menor a 115 mil pesos.

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Los requisitos para motocicletas y automóviles son diferentes. Foto: Especial.

¿Cuáles son los requisitos?

El beneficio estará disponible únicamente para personas físicas que residan en el Estado de México y que cuenten con sus pagos al corriente.

Con respecto a las fechas, el periodo para acceder a este subsidio inició el 1 de enero de este año y permanecerá vigente hasta el 31 de marzo de 2025.

¿Y el reemplacamiento?

Con respecto al reemplacamiento obligatorio para vehículos motorizados del Estado de México, las autoridades establecieron que las placas expedidas en 2020 tendrán que ser renovadas en este año.

Sin embargo, es importante destacar que las placas que fueron emitidas entre septiembre y diciembre de 2020 conservarán su vigencia hasta la fecha que indica la tarjeta de circulación, por lo que se permitirá su renovación al vencerse dicho periodo.

El calendario para realizar este trámite es el siguiente:

  • Abril: Terminación 1 y 2
  • Mayo: Terminación 3 y 4
  • Junio: Terminación 5 y 6
  • Julio: Terminación 7 y 8
  • Agosto: Terminación 9 y 0
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