El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) y organizaciones que promueven la defensa de los derechos digitales advirtieron que el registro de datos biométricos en un padrón nacional puede representar riesgos para la protección de los datos personales.
El INAI considera imprescindible limitar al máximo la recolección de datos biométricos que pudieran revelar información sensible de las personas, señaló.
El martes, fue aprobada en el Senado de la República una reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, que busca otorgar atribuciones al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) para la instalación, operación, regulación y mantenimiento del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PNUTM) para fines de identificación de la población.
El PNUTM tiene la finalidad de colaborar con las autoridades competentes en materia de seguridad pública y justicia, ante la comisión de delitos cometidos por usuarios de la telefonía móvil.
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En un comunicado, el INAI indicó que el registrar los datos biométricos de los usuarios en un padrón nacional podría vulnerar el derecho a la protección de datos de las personas.
Al llamado se unieron las organizaciones Article 19 y R3D, quienes consideraron que el PNUTM obligatorio, asociado a la identidad biométrica, pone en riesgo la privacidad y seguridad de los usuarios.
Así mismo, desde hoy hacemos un llamado al @senadomexicano, al @INAImexico y la @CNDH a preparar acciones de inconstitucionalidad contra el Padrón.
La defensa de los derechos humanos nos compete a todas y todos.
— R3D (@R3Dmx) April 13, 2021
🛑❌¿ Por qué decimos #NoAlPadrón nacional de usuarios de telefonía móvil?
💢Es autoritario exigir datos biométricos para comprar una SIM
👁️🤚Gran riesgo de vulnerabilidad a tus datos biométricos y privacidad
🚔 Pueden culparte de un delito que no cometiste
Más información:👇 https://t.co/7aORLCSI9D
— ARTICLE 19 MX-CA (@article19mex) April 13, 2021
El manejo de datos biométricos relacionados con la identidad de una persona, así como el de los otros datos que se recaben, requiere del mayor cuidado posible, puesto que cualquier afectación o vulneración podría generar daños significativos de una difícil o imposible reparación, sobre todo, considerando que los datos biométricos hacen referencia a aspectos que permiten ser asociados, de manera única, a una persona y, por ende, constituyen características insustituibles, consideraron.
Asimismo, señalaron que se deberán implementar las medidas de seguridad físicas, administrativas y técnicas, acordes a los más altos estándares internacionales, a fin de garantizar el tratamiento adecuado de dichos datos y, previo a la implementación del padrón, elaborar una evaluación de impacto en la protección de datos personales.
¿Qué datos estarán en el PNUTM?
- El número de línea de telefonía móvil
- Fecha y hora de activación de la línea telefónica móvil
- Nombre completo
- Denominación o razón social del usuario.
- Nacionalidad
- Número de identificación oficial y Clave Única de Registro de Población (CURP) del titular de la línea
- Datos biométricos del usuario (persona física) o de su representante legal (persona moral)
- Domicilio del usuario
- Datos del concesionario de telecomunicaciones
- Esquema de contratación de la línea
- Avisos de actualización de información