Ni lo prometido ni lo esperado
Ni todo lo prometido, ni todo lo deseado.
Fueron 18 los cambios que aprobó la Cámara de Senadores para aprobar la reforma de Telecomunicaciones que envió el presidente Enrique Peña Nieto a los diputados.
Sobre la gratuidad, el dictamen aprobado determinó que se deberá garantizar acceso libre a los servicios de telecomunicaciones, aunque no se habla en particular del servicio de Internet como se había solicitado.
Georgina HowardNi todo lo prometido, ni todo lo deseado.
Fueron 18 los cambios que aprobó la Cámara de Senadores para aprobar la reforma de Telecomunicaciones que envió el presidente Enrique Peña Nieto a los diputados.
Sobre la gratuidad, el dictamen aprobado determinó que se deberá garantizar acceso libre a los servicios de telecomunicaciones, aunque no se habla en particular del servicio de Internet como se había solicitado.
Tampoco aborda a profundidad las razones para que se eliminara el candado a la gratuidad de los contenidos en televisión abierta para los agentes declarados preponderantes.
En las declaratorias de dominancia los legisladores consideraron suficientes las mediciones por “audiencias” para controlar al mercado de la radio y televisión.
Se introduce también el concepto de concesiones sociales a las frecuencias comunitarias e indígenas.
Entre los cambios más importantes y que causaba mucha polémica fue el del artículo 28 constitucional, fracción VII, que refiere a la no suspensión del acto reclamado en materia de amparo.
Con ello se establece que sólo en los casos en los que la Comisión Federal de Competencia imponga multas o la desincorporación de activos, partes sociales o acciones, las resoluciones se ejecutarán hasta que se resuelva el juicio de amparo promovido.
Es decir, la suspensión en el amparo sólo procede en aquéllos casos en los que no se afecte al interés social, ni se contravengan disposiciones de orden público. Lo que deja de manifiesto que el bien jurídico tutelado se refiere a la protección de la colectividad, y no de los intereses particulares.
Se estableció que las opiniones para concesiones de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) y la Secretaría de Hacienda para contraprestaciones, serán no vinculantes y deberán emitirse en un plazo de 30 días, y en caso de no existir opinión, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) continuará los trámites correspondientes.
Los senadores estuvieron de acuerdo en que acudan cada año a comparecer al Congreso los titulares del Ifetel y la Cofeco.
Los presidentes de estos dos órganos serán nombrados por las dos terceras partes del Senado de la República.