“El Narco de Narcos”, Rafael Caro Quintero, permanecerá tras las rejas mientras en el exterior una lluvia de dimes, diretes, declaraciones y filtraciones politizan su captura y destino.
La vida de Don Rafa siempre ha sido polémica, consigue burlar la ley y reta al statu quo de las autoridades. Por eso su segunda detención se politizó inmediatamente y despertó suspicacias, a pesar de ser un narcotraficante con poder limitado y alcance regional.
El siguiente paso en el caso Caro Quintero será su extradición a Estados Unidos. Mientras el vecino del norte urge a México para que entregue lo antes posible al criminal, aquí parece que el tiempo corre distinto y que las autoridades buscan que la estadía del sinaloense en nuestro país sea más larga.
La figura clave y el que tendrá la última palabra para la extradición de Caro Quintero será el secretario de Relaciones Exteriores, Marcelo Ebrard, quien ya se comprometió con el Fiscal General de Estados Unidos, Merrick Garland, a que la extradición del narcotraficante ocurrirá de forma rápida.
Garland también habló por teléfono con Alejandro Gertz Manero, titular de la Fiscalía General de la República, con quien llegó al acuerdo de trabajar conjuntamente en otras investigaciones criminales o procesos judiciales abiertos sobre crimen organizado transfronterizo.
Por tratarse del homicidio de un agente federal de Estados Unidos, si se le declara culpable en el juicio, la condena sería cadena perpetua como sentencia mínima o varias cadenas perpetuas como castigo máximo.
Debido a esta situación, “El Narco de Narcos” intenta no ser extraditado. El día de ayer la jueza Primero de Distrito en Materia de Amparo y Juicios Federal en el Estado de México, Abigail Ocampo Álvarez, otorgó otro amparo a la orden de detención con fines de extradición a Estados Unidos en contra del exlíder del cártel de Guadalajara.
El pasado 18 de julio, Caro Quintero obtuvo su primer amparo para evitar ser extraditado por parte de Francisco Reséndiz Neri, juez del Juzgado Séptimo de Distrito de Amparo en Materia Penal con sede en Puente Grande, Jalisco.
El argumento de los amparos es que el traslado del narcotraficante a Estados Unidos ocurriría sin que se haya seguido el procedimiento de extradición correspondiente, de acuerdo al Tratado de Extradición entre México y Estados Unidos de América.
Mientras la ofensiva legal de Caro Quintero avanza, él se mantiene preso en el Centro de Readaptación Social Número 1 (Altiplano), en Almoloya, Estado de México, una prisión mexicana como el Reclusorio Norte, en donde el capo se hizo famoso por las fiestas que organizaba que incluían cajas de vino y música en vivo.
La extradición de Caro Quintero no será exprés
A pesar de los amparos, ningún juez puede frenar el proceso de extradición, siempre y cuando cumpla con los requisitos del Tratado de Extradición entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados Unidos de América que entró en vigor el 4 de mayo de 1978.
Entre los puntos que marca el tratado es que un juez federal debe emitir su opinión jurídica, no vinculante, sobre los delitos que se le imputan al detenido y las penas a las que se podría ser acreedor en el país que lo reclama.
Por ejemplo, a Caro Quintero no se le puede condenar a pena de muerte, dice el artículo 8 del tratado.
“Cuando el delito por el cual se solicita la extradición sea punible con la pena de muerte conforme a las leyes de la Parte requirente y las leyes de la Parte requerida no permitan tal pena para ese delito, la extradición podrá ser rehusada a menos que la Parte requirente dé las seguridades que la Parte requerida estime suficientes de que no se impondrá la pena de muerte o de que, si es impuesta, no será ejecutada”, dice el texto.
Tampoco se le podrán imputar a Caro Quintero delitos que en México no existan.
Y aunque las autoridades estadounidenses hablan de que la extradición del narcotraficante “será rápida”, eso solo ocurriría en caso de que Caro Quintero acceda, a cambio de convertirse en testigo protegido, y se inicie el proceso de extradición exprés.
De acuerdo con el tratado, después de que Caro Quintero ingresó al penal del Altiplano, el juez que ordenó su reclusión debe de analizar la petición formal de extradición y la naturaleza de los delitos que se le imputan para emitir su opinión jurídica.
Las autoridades de Estados Unidos tienen un plazo de 60 días para enviar la petición formal de extradición y el acusado 20 días para oponerse o aceptarla. El plazo del juez es de cinco días para dictar su opinión.
Después de que el juez haya tomado su decisión, la Secretaría de Relaciones Exteriores tiene 20 días para decidir si concede o rechaza la extradición. Después de que la cancillería emita su resolución, Caro Quintero contará con 15 días para ampararse y el proceso se frenará hasta que se resuelva el juicio de amparo.
El argumento que podría utilizar la defensa de Caro Quintero es que en algún momento del proceso se violaron los derechos procesales del detenido.
Debido a todo este entramado legal, la extradición de Caro Quintero no será exprés a menos que así lo decida él.
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