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Los consejeros del Instituto Electoral del Distrito Federal (IEDF) y los magistrados del Tribunal Electoral del Distrito Federal (TEDF) que buscan su reelección tienen un nuevo criterio: avalar el nepotismo.
Y es que mientras los primeros toleran esas prácticas, los segundos consideran que contratar a un familiar no es una falta gravosa ya que no afecta el patrimonio de las instituciones.
En pleno proceso de renovación, tanto del TEDF como del IEDF, se dan a conocer casos de funcionarios públicos que incurren en prácticas de nepotismo, y cuyo castigo se reduce a la mínima expresión.
La más reciente de estas prácticas salió a la luz el 31 de julio del 2014, mediante una resolución del tribunal electoral capitalino, identificada con el número TEDF-JIAI-003/2014.
Ahí el Pleno de ese órgano jurisdiccional revocó una sanción emitida por la Contraloría General del IEDF, en la que se sancionaba a un funcionario por haber contratado a su cuñado.
El hecho no se dio a conocer por una revisión de los consejeros electorales, sino por una denuncia anónima que llegó al área fiscalizadora del Instituto, vía correo electrónico.
La indagatoria elaborada por el ahora excontralor Miguel Ángel Mesa Carrillo determinó procedente la destitución inmediata del cargo de Héctor Porfirio González Jiménez, quien se desempeñó como coordinador del Distrito local XXXVIII.
Pero tras un revisión del tribunal, los magistrados que buscan permanecer en el cargo –un segundo periodo–, determinaron que una suspensión temporal era suficiente castigo.
Diana Talavera, presidenta del IEDF, es la responsable del las áreas administrativas de la institución. Y es la misma que se inscribió en el INE para permanecer en el cargo, por lo menos, tres años más.
En tanto que los magistrados, quienes en su mayoría intentan alargar su estancia en el TEDF, fueron los responsables de fijar criterios para que el nepotismo tenga ligeras consecuencias.
Le disminuyen la sanción
El 24 de abril del 2014, la Contraloría General del Instituto Electoral del Distrito Federal sancionó a Héctor Porfirio González con una inhabilitación de dos años y la destitución del cargo de coordinador distrital.
En el expediente CG/PAD/03/2013 se indica que la falta consistió en que el funcionario no se excusó de intervenir en la selección y contratación de Fidel Florentino Sánchez Sánchez, no obstante que guardaba una relación familiar con él, al ser hermano de su esposa.
El cuñado ingresó al IEDF a partir del uno de febrero del 2012 y hasta el 31 de julio del mismo año; hecho por el que el funcionario debió excusarse de intervenir en la contratación de su familiar.
Los argumentos de la contraloría interna del IEDF señalaban que el funcionario violó la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos y lineamientos internos de esa institución.
Pero en su defensa, Héctor Porfirio González argumentó ante el TEDF que contó con muy poco tiempo para reclutar y proponer al personal eventual que integraría la Coordinación Distrital que presidía.
Y que esa y otras propuestas fueron analizadas conjuntamente con los miembros del servicio profesional adscritos a la Dirección Distrital XXXVIII, “quienes no objetaron la relativa a Fidel Florentino Sánchez Sánchez”.
Además, afirmó que la contratación cuestionada no le generó beneficio económico alguno y que su entonces cuñado, no obstante haber sufrido un padecimiento físico, estaba totalmente recuperado y apto para ejercer ese cargo.
En su resolución, el TEDF consideró:
“Que es la primera vez en la que el servidor público incurre en este tipo de faltas, la cual no constituye un delito, y no causó un daño económico al IEDF, por lo que se considera que debe ser sancionado con una suspensión inferior a la media aritmética entre el mínimo y el máximo de la sanción, sin que con ello se deje de inhibir la comisión de conductas posteriores como la que se sanciona”.
Y, como sanción, la suspensión de sus labores durante un mes. Debido a que el fallo del Tribunal se dio tiempo después, los magistrados acordaron que la sanción ya había sido purgada.
“Una vez que se notifique la presente sentencia, el Instituto demandado deberá restituir de manera inmediata a Héctor Porfirio González Jiménez en el cargo que venía desempeñando, junto con el salario y demás prestaciones que venía percibiendo”, indican los resolutivos.
“Además, deberá pagar al actor su salario y demás prestaciones inherentes al cargo de coordinador distrital, por el tiempo que resulte entre la fecha en que haya compurgado la sanción de suspensión de un mes en el cargo, y aquella en que quede formalmente instalado en su fuente de trabajo.
“Por tal motivo se vincula al IEDF para que, dentro del plazo de diez días hábiles, contados a partir de que surta efectos la notificación de esta sentencia, restituya en su cargo al hoy actor”.
Cuestionados… y quieren repetir
Seis de los siete consejeros electorales del IEDF buscan permanecer en el cargo, incluida la presidenta Diana Talavera, la cual tiene a su cargo los recursos humanos y financieros de la institución.
Y según las declaraciones del funcionario, que en breve será reinstalado en el cargo, la información se dio a conocer mediante un correo electrónico anónimo. Lo cual revela que faltó rigor en los mecanismos de control.
Sobre todo por que en la gestión de Diana Talavera se han dado a conocer otras irregularidades como la contratación de una empresa de seguridad que solo duró un año.
En tanto que los magistrados, que también quieren repetir en el cargo, fijaron criterios para que quienes contraten a sus familiares, sean sujetos de una sanción mínima, siempre y cuando no sean reincidentes.