De acuerdo con la ministra Loretta Ortiz, considera inexistente la omisión alegada 
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Loretta Ortiz propone desechar impugnación del Inai por falta de comisionados

De acuerdo con la ministra Loretta Ortiz, considera inexistente la omisión alegada por lo que propuso desechar la impugnación

Este jueves, Loretta Ortiz Ahlf, ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), propuso declarar infundada la controversia constitucional que interpuso el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

¿Qué dijo la ministra?

De acuerdo con la ministra Loretta Ortiz, considera inexistente la omisión alegada por lo que propuso desechar la impugnación ante la falta de nombramientos de comisionados.

En ese sentido, la ministra publicó el proyecto de resolución de la impugnación presentada por el Inai en el que señala que es parcialmente fundada, pero improcedente la controversia constitucional.

¿Por qué concluyó eso la ministra?

Lo anterior debido a que la ministra concluyó que el Senado cumplió con los aspectos reglados que le obligaban a realizar ciertas actuaciones y no existe una inactividad total del Inai.

Además, se advierte que ha impulsado el procedimiento para realizar los nombramientos pendientes.

“Con base en los antecedentes citados, es dable concluir que el Senado ha realizado las actuaciones conducentes con la finalidad de realizar los nombramientos respectivos, por lo que se considera que no ha incurrido en una inactividad total dentro del procedimiento”, señala.

“Por lo anterior, este Tribunal Pleno concluye que no se actualiza la omisión reclamada, sobre la designación de las dos personas comisionadas del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, a que este estudio de fondo se refiere”, añade.

El asunto del Tren Maya y AMLO

Por otro lado, la SCJN también determinó que el decreto del presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO), por el que declaró el Tren Maya como un asunto de seguridad nacional, no violó la suspensión concedida al Inai en 2021.

Los ministros de la SCJN determinaron que no hay pruebas de que el más reciente decreto presidencial haya sido clasificada la información del Tren Maya como reservada.

“Afirmaron que la declaratoria no implicaba que la información derivada de dicha obra estuviera catalogada como reservada en términos generales, ya que corresponde a cada sujeto obligado atender las solicitudes de acceso a la información, de conformidad con la legislación en la materia”, detalló la Corte en un comunicado.

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