Voluntad anticipada, tu derecho a morir bajo tus términos en la CDMX

Para preservar la calidad de vida y la dignidad antes de la muerte, es fundamental ejercer el derecho de la voluntad anticipada, de lo contrario serán los médicos o familiares quienes decidan por ti
Ernesto Santillán y Joshua Hernández Ernesto Santillán y Joshua Hernández Publicado el
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La eutanasia es un proceso que es ilegal en México; sin embargo, para tener una muerte digna, existe la Ley de Volutad Anticipada, un mecanismo de decisión y acompañamiento para pacientes con enfermedades crónico-degenerativas, oncológicas, en estados terminales o que fueron víctimas de un incidente grave.

La voluntad anticipada puede ser entendida como la decisión que toma una persona de ser sometida o no a medios, tratamientos o procedimientos médicos que pretendan prolongar su vida cuando se encuentre en etapa terminal y, por razones médicas, sea imposible mantenerla de forma natural, protegiendo en todo momento la dignidad de la persona”, dice el Art. 1 de la Ley de Voluntad Anticipada para la Ciudad de México.

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A diferencia de la eutanasia, que es cuando un miembro del personal de Salud administra un fármaco para generar la muerte en un paciente terminal; cuando se trata de la voluntad anticipada y una persona decide no continuar con el tratamiento que lo mantiene con vida, lo que se aplica es la ortotanasia, un mecanismo de acompañamiento para que el paciente muera a causa de su padecimiento inicial pero sin dolor y con la mayor dignidad posible.

La doctora Cecilia Palacios, responsable del Programa de Voluntad Anticipada y Cuidados Paliativos de la Secretaría de Salud de la Ciudad de México (SEDESA), explica en entrevista con Reporte Indigo que la manera de acceder a la muerte digna en la capital del país es a través del documento de voluntad anticipada.

Doctora Cecilia Palacios, responsable del Programa de Voluntad Anticipada y Cuidados Paliativos de la Secretaría de Salud de la Ciudad de México.

 

Éste permite dejar clara la forma en que una persona quiere pasar sus últimos días de vida y de qué manera se puede disponer de su cuerpo; es decir, especifica si quiere que se intube, lo revivan, o si quiere que le apliquen analgésicos para controlar el dolor o los síntomas; además, deja en claro si quiere soporte vital en estado vegetativo, tipo de alimentación (intravenosa) o si desea donar sus órganos y cuáles (piel, corazón, pulmones, hígado, córneas, etc.).

De tal modo que, para el control del dolor, la SEDESA puede aplicar la sedación a través de opioides

La idea es que el paciente no experimente dolor, agonía o delirium toda vez que no se adelante la muerte.

¿Cómo tramitar la voluntad anticipada y cuántas personas han accedido a este derecho en México?

Para que un ciudadano pueda acceder a la muerte digna por medio de la voluntad anticipada tiene dos mecanismos. 

El primero de ellos es ante notario público, donde se necesitará realizar un pago, dejar a un responsable legal y llevar dos testigos.

La segunda manera es en el hospital; sin embargo, deberá estar diagnosticado con una enfermedad incurable, crónico-degenerativa, o cualquier otra que indique que la persona cuenta con un pronóstico de vida no mayor a seis meses.

La Ciudad de México fue la primera entidad de la nación en aprobar la Ley de Voluntad Anticipada en enero de 2008.

Conforme a lo reportado por SEDESA, de enero de 2019 a mayo de 2024, se han registrado 11 mil 122 solicitudes de voluntad anticipada, donde el 59.43% ha sido solicitada por mujeres, es decir 6 mil 610, mientras que el 40.57%, o 4 mil 512, por hombres.

También se cuenta con un pequeño registro de voluntad anticipada pediátrica, es decir, cuando los padres de un menor de edad inician este proceso. 

Al respecto, se cuenta con el registro de 176 menores con acceso a muerte digna.

Muerte, religión y sociedad, elementos a tomar en cuanta para acceder a la voluntad anticipada

El proceso de morir, aún al interior de una institución médica, es multifactorial, pues intervienen los criterios de los médicos, las instituciones sanitarias, el paciente y su familia, por lo que cada caso se vuelve único, donde el nivel educativo, la madurez emocional y hasta las creencias religiosas intervienen.

El padre José Saavedra Flores, coordinador pastoral de la Universidad La Salle, advierte desde sus creencias que es la familia quienes son los primeros responsables del bienestar físico y espiritual del enfermo en caso de que éste no esté consciente.

“Al ser un extremo de la vida, la arista principalmente es el temor, la angustia y el desconocimiento de lo que sigue y, por parte de los familiares, definitivamente es el sufrimiento por la pérdida”.

En relación a los cuidados paliativos y la donación de órganos, el padre dice que forman parte de los avances médicos que se pueden relacionar con la misericordia. 

La Ley de Voluntad Anticipada ha sido aprobada en 14 estados de la República, en los cuales, más de 10 mil personas han firmado el documento.

El acto de donar, de donarte a ti mismo es un acto de misericordia, de amor y entrega. Asociamos inmediatamente el sufrimiento con la muerte y no necesariamente van por el mismo camino […] pero cuando sucede es importante el acompañamiento”.

Por su cuenta, la doctora Patricia Gómez, especialista en Salud Pública de la Facultad de Derecho de la Universidad La Salle, explica que existe una responsabilidad social y gubernamental para estos mecanismos.

Patricia Gómez, abogada bioeticista de la Universidad la Salle.

Asimismo, destaca la importancia de los comités de ética de las unidades médicas donde se decide iniciar estos procesos y, en relación al caso mexicano, particularmente en la capital, dijo que se debe garantizar los cuidados paliativos para tener una transición a la muerte sin dolor.

“Los cuidados paliativos se encargan de atender la parte física, psicológica, emocional y social. Entonces, cuando se cubren estas áreas, el paciente tiene una muerte digna”, declara para Reporte Indigo.

Pérdida de la autonomía, dignidad y eutanasia

Respecto a la pérdida de autonomía o dignidad, la doctora Victoria Alva, especialista en derechos humanos, dice que cada caso depende de la condición de vida del paciente.

En consecuencia, considera que los comités de ética deben supervisar los casos para garantizar el cumplimiento de la ley y, al mismo tiempo, los deseos del paciente.

Sin embargo, el marco legal vigente no satisface a toda la población, pues algunas personas consultadas manifestaron a Reporte Indigo que no encuentran digno ser una carga para su familia o dejar de hacer las cosas que aman y los hacen sentir vivos, como practicar algún deporte, tocar un instrumento o estar con sus seres queridos para compartir momentos de calidad.

Que te intuben o no para mantenerte con vida en caso de un accidente o enfermedad, es una decisión que se respetará si cuentas con tu voluntad anticipada.

Si me voy a morir, prefiero irme rápido. Si ya no tengo nada que hacer aquí, ámonos. Como que morirme estando totalmente dopado sin tener conciencia de la realidad, creo yo que lo mejor es ámonos (morir)”, declara Juan Carlos, un músico callejero de la alcaldía Cuauhtémoc.

Esta discusión se da en un contexto donde la Secretaría de Salud (SSa) informa que hasta el 2021, la tasa de hipertensión arterial por cada 100 mil habitantes era de 256.5; la diabetes tipo II, de 186.7; y la obesidad, 182.7, algunas de las más altas en el mundo y, las cuales, siguen en aumento.

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