El gobierno de México tiene una deuda pendiente con miles de pacientes que necesitan de la cannabis para tener una mejor calidad de vida. El 19 de junio del 2017 el Congreso de la Unión hizo reformas a la Ley General de Salud para permitir el uso medicinal de la planta y dio 180 días al Ejecutivo para generar la reglamentación necesaria, plazo que se venció desde hace mucho sin haberlo cumplido.
Dos años y medio después, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) de la Secretaría de Salud, entregó a la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer) el reglamento, el cual dejó mucho que desear.
Además del incumplimiento del plazo, pacientes, especialistas y activistas acusan que la deuda del Gobierno federal no queda saldada con dicho reglamento, porque beneficia a las grandes farmacéuticas sobre los pacientes, dejando de lado el autocultivo y los remedios herbolarios, además de tener serias fallas técnicas en las definiciones.
El reglamento, actualmente se encuentra en la Conamer, donde será analizado y se harán recomendaciones para después publicarlo en el Diario Oficial de la Federación y que entre en vigencia.
José Manuel García Vallejo padece epilepsia desde los 22 años, después de sufrir los efectos secundarios de los medicamentos para su enfermedad decidió darle una oportunidad a la cannabis, la cual cuenta, le ha cambiado su vida, por lo que decidió fundar la organización Autocultivo Medicinal en México (AMEM) para ayudar a otros pacientes.
El también activista acusa que el reglamento es conservador, prohibicionista y que beneficia directamente a las farmacéuticas, dejando de lado a los pacientes.
Uno de los problemas más graves que ve José Manuel en el reglamento es la definición de los términos, ya que mientras la Ley General de Salud específica que el porcentaje de Tetrahidrocannabinol o THC (sustancia psicoactiva de la planta) debe de ser arriba del 1 por ciento para considerar que el producto es un medicamento controlado, el nuevo reglamento no hace distinción entre sustancias, tratando por igual a otros cannabinoides como el Cannabidiol o CBD ( sustancia terapéutica sin efectos psicoactivos).
“En el reglamento no se muestra diferenciación, es decir, todos los cannabinoides, incluyendo el CBD, que tienen propiedades terapéuticas pero no psicoactivas, los maneja el reglamento como si fuera plutonio. Estos cannabinoides no psicoactivos, con propiedades terapéuticas probadas clínicamente estarán rigurosamente custodiados y el acceso será muy limitado” acusa el entrevistado.
Además, el director y fundador de AMEM critica que para poder acceder a dichos medicamentos deberán de pasar muchos años debido a todos los controles, estudios y procedimientos que se deben de hacer antes de que estén a la venta, tiempo con el que no cuentan muchos pacientes.
“Para poder acceder al medicamento, tiene que haber antes estudios clínicos y farmacológicos, primero de la semilla, que debe de estar certificada, después del producto terminado y por último debe de haber estudios que sustenten que tu producto sirve para ciertas cosas. Es un laberinto legal que sí se puede superar, pero va a llevar siete a ocho años para que haya producción nacional”, agrega.
Finalmente José Manuel critica que a los pacientes no se les den otras alternativas médicas y que su única vía legal para poder acceder a los medicamentos sea a través de las farmacéuticas.
“El reglamento también quita la posibilidad de crear las asociaciones de cultivo medicinales e intentar otros modelos, porque ellos solo se van con el modelo estándar farmacológico y existen otros modelos, como el de granjas en California, donde una persona cultiva las plantas y prepara las medicinas para 10 o 15 personas”, concluye.
Reglamento para la cannabis confuso
Lorena Beltrán es fundadora y directora de CannabiSalud, una asociación creada para investigar y difundir los beneficios de la planta y su uso terapéutico.
Para ella, el principal problema del reglamento publicado es la confusión que genera en las definiciones.
“El reglamento cumple con lo estipulado en la Ley, pero es confuso en las definiciones, por ejemplo, la más preocupante es la definición del cañamo, que lo describe como un producto ‘fibroso’ sin flores o frutos. Habla solo del tallo, porque el cañamo es la planta completa pero con menos del 1 por ciento de THC”, comenta.
Otro de los focos rojos que vio la especialista fue que el reglamento no menciona a los suplementos alimenticios.
“El reglamento también deja fuera los suplementos alimenticios, esto es alarmante porque la mayoría de productos con CBD, en el extranjero están catalogados como suplementos alimenticios y no van a poder ser importados ni producidos a México. Nos deja solo con medicamentos.
“Al final del día el reglamento cumple con los fines médico y de investigación que marca la ley pero después de tanto tiempo de tenerlo en la congeladora y después de mucho cabildeo se esperaba algo distinto, esto fue solo un primer paso. Hay que tener el pie en la puerta para ir empujando, abrirla y publicar una ley que beneficie al país y no solo a unos cuantos. Es muy egoísta pensar que la planta de cannabis solo les pertenece a un rubro”, concluye Lorena Beltrán.
La regulación de la cannabis se pelea en dos frentes, además de la Ley General de Salud, la Suprema Corte de Justicia obligó al Legislativo a hacer las reformas necesarias para permitir el uso lúdico de la planta, ya que su prohibición afecta el libre desarrollo de la personalidad. El Senado de la República tiene hasta diciembre para hacer los cambios.