En México es fácil burlar la Ley. Pero es más fácil si se es magistrado electoral.
José Alejandro Luna Ramos, presidente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), dio órdenes de separar de su cargo a Juan Palacios aparentemente sin tener justificación.
Durante los 15 años de carrera, Palacios escaló posiciones hasta llegar a representante de los trabajadores ante la Comisión Sustanciadora. Es una especie de Junta de Conciliación y Arbitraje interno.
Vela por el respeto a las condiciones laborales de los empleados.
Pero justamente mientras se mantenía pendiente del caso de una mujer embarazada despedida injustamente, Juan Palacios recibió un oficio que lo dejó helado.
Lo separaban de su cargo por pérdida de confianza.
Palacios pertenece a la Carrera Judicial y solo podía ser desocupado de su cargo con un procedimiento administrativo en su contra.
Esto se establece en el artículo 57 del acuerdo los lineamientos para la Carrera Judicial publicado en el Diario Oficial de la Federación. La Carrera Judicial es la normatividad para seleccionar, promover y en su caso desocupar a quienes trabajan en el Poder Judicial. Ha merecido la atención de legisladores, jueces y magistrados.
El ministro José Ramón Cossío escribió todo un tratado al respecto para la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).
La Carrera Judicial es retórica, discurso, presunción. En muchos países hay leyes al respecto. En México su entrada en vigor se celebró con bombo y platillos.
El 8 de septiembre de 2009, Juan Palacios recibió una constancia firmada por la entonces presidenta del Tribunal Electoral, María del Carmen Alanís. Se le confería el honor que había buscado desde un par de años antes: pertenecer a la Carrera Judicial.
Con eso se aseguraba que vinieran y salieran magistrados y él, cumpliendo los requisitos, aseguraría su empleo. No estaría a merced de caprichos, favoritismos o compadrazgos.
Pero no sucedió así.
Juan Palacios vio las características de su despido y supo que vendría en su contra toda la maquinaria del Tribunal. Por eso, solicitó una serie de documentos con los que se comprueba que nunca hubo procedimiento en su contra y que no se puede justificar la presunta pérdida de confianza.
El abogado asegura que todo esto es orden directa de Luna Ramos. Se tomó muy en serio su papel de representante de los trabajadores y provocó la molestia del máximo jefe.
Lo sabe por el tipo de operación que montaron en su contra. Lo vio en otras ocasiones cuando laboraba en el Tribunal.
Ahora le tocó en carne propia.
Este es un ejemplo de cómo la tan presumida Carrera Judicial se va por la borda.
¿Cuál fue el motivo de su despido?
El 26 de junio del 2013, Juan Palacios estaba trabajando normalmente como actuario cuando de pronto lo notificaron de su despido.
“Pérdida de confianza” era el motivo. No había tenido ningún problema que le viniera a la memoria.
“En relación con el oficio SGA-JA-3010-2013, fechado el día de hoy, emitido por la OFICINA DE ACTUARIOS, notifico a Usted, que a partir de la fecha, causará baja en la plaza de Actuario Nivel 19, adscrito a la plantilla de personal de la SECRETARIA GENERAL DE ACUERDOS, en virtud de haber incurrido en pérdida de confianza en el desempeño de sus labores de este órgano jurisdiccional, con apoyo en los dispuesto en el artículo 240 en concordancia con los preceptos 180 y 181 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación”, dice el oficio TEPJF/CRHEA/1385/2013.
Además, Palacios solicitó a la Contraloría Interna que se le diera un informe pormenorizado de los procedimientos de responsabilidad que hubiera en su contra.
Pero fue entonces cuando llegó otra sorpresa. En la respuesta oficial del 9 de septiembre del 2013 -3 meses después de su despido- no había nada en su contra.
“Se hace constar: que en los archivos de esta Contraloría Interna, hasta la fecha no existe registro de que Juan Palacios Hernández esté sujeto a procedimiento de responsabilidad administrativa, así como que no ha sido suspendido, destituido o inhabilitado en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación”, dice la respuesta con número TEPJF/CI703173/2013 la firma el José Izcoatl Bautista Bello, titular del Órgano Interno de Control.
En el artículo 57 del Acuerdo General por el que se establecen los lineamientos generales para la Carrera Judicial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de septiembre del 2009, se establece que es solo mediante un procedimiento administrativo como se le hubiera podido retirar del cargo.
Artículo 57.- La separación del personal de carrera podrá darse por las siguientes causas:
I.- Por renuncia que deberá de hacer por escrito y que producirá efectos a partir de la recepción de la misma.
II.- Retiro por edad o tiempo de servicio
III.- Destitución o inhabilitación por resolución firme que así determine
IV.- Por no cumplir con las obligaciones en términos de este acuerdo
V.- Por no aprobar las evaluaciones a las que se refiere este acuerdo
Palacios asegura que ninguna encajaba con su caso.
La alerta para solicitar el oficio al Órgano Interno de Control y otras direcciones internas fue que se dio cuenta que no aparecía en la lista de funcionarios habilitados para laborar en cargos de la Carrera Judicial.
Se imaginó que lo habían incluso inhabilitado.
Así que también solicitó una explicación al Centro de Capacitación Judicial los motivos de no aparecer en la lista.
“Usted forma parte de la citada lista de habilitados, desde el 26 de junio del año en curso (2013), fecha en la que dejó de desempeñar la labor de actuario judicial en este Tribunal Electoral, no obstante, la razón por la cual ese hecho no se había reflejado en la referida lista, se debió a un error de comunicación involuntario entre las áreas que coordinan ese procedimiento”.
¿Entonces cuál fue el motivo de su despido?
Juan Palacios decidió demandar. Asegura que lo hizo sabiendo que no le darán la razón. Para justificar la pérdida de confianza, los demandantes argumentan que Palacios no firmó unos papeles que le correspondía firmar.
Sin embargo la fecha de esa presunta irregularidad es posterior a la fecha de su despido.
Él ha hecho su defensa con todos los documentos y argumentos, pero en el fondo presiente que no serán suficientes.
Tras todos los años trabajando en el Tribunal Electoral sabe que una orden de esa naturaleza se cumple incluso por encima de la Ley. La mujer embarazada hoy ya tiene a su hijo y recuperó su trabajo al actuar conforme a los consejos de Palacios.
De la gloria al infierno
Juan Palacios pasó de la gloria al infierno en tal solo unas horas. De ser elegido mediante la votación de todos los empleados del Tribunal como representante laboral de los trabajadores a un apestado.
En el olvido quedaron las decenas de reconocimientos de la magistrada María del Carmen Alanis hizo por su trabajo, cuando ella presidía el TEPJF.
Las felicitaciones por su labor hoy no le son válidas. Está por cumplir un año sin poder trabajar en lo que está especializado.
El “estimado”, “el gusto es mío”, “deseo sinceramente…”, “el Tribunal requiere de personas comprometidas como usted” que llenaban las misivas cada año son tan solo hojas que engrosan su currículum.
Hoy, dedica sus días a la colocación de jardines especializados en techos de casas y edificios. Los años de carrera y de estudio en materia de derecho no le son del todo compatibles con su nueva labor ecológica.
La lección de justicia que le dieron es la siguiente: “Si pasaron por encima del reglamento emitido por la Secretaría de Gobernación relativo a la Carrera Judicial y los lineamientos establecidos por el propio Tribunal Electoral, por qué no habrán de pasar por encima de un trabajador”.