En medio de la aparente tregua entre el Gobierno de Nuevo León y el bloque opositor del Congreso local, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dejó sin efecto tres decretos publicados por los diputados en la Gaceta Legislativa, argumentando que, para ser válidos, estos tuvieron que ser publicados forzosamente en el Periódico Oficial del Estado (POE).
Los decretos en cuestión (340, 341 y 342) contenían diversas reformas a la Constitución local que, a grandes rasgos, le quitaban a Samuel García el poder de veto en la designación de los titulares de la Defensoría Pública y la Fiscalía General de Justicia, además de que obligarlo a pedir permiso al Congreso local en caso de realizar viajes fuera de Nuevo León por más de tres días.
Es inválida la publicación de los decretos que modificaron diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, por haberse efectuado en la gaceta legislativa con efectos jurídicos vinculantes: #PrimeraSalaSCJN https://t.co/6LVFcIdlpi pic.twitter.com/KaQnY7mOqm
— Suprema Corte (@SCJN) October 24, 2024
Estas modificaciones debieron ser publicadas en la Gaceta del Congreso local desde marzo de 2023, toda vez que el Gobierno de Nuevo León se negó a publicarlas en el POE alegando anticonstitucionalidad.
“La Primera Sala declaró la invalidez de la publicación de los Decretos 340, 341 y 342 —que reforman diversos artículos de la Constitución local— en la Gaceta Legislativa del Congreso del Estado de Nuevo León de 8 de marzo de 2023, tras concluir que ese Poder invadió la facultad de publicación del Poder Ejecutivo de dicha entidad”, puede leerse en el comunicado emitido por la SCJN.
En el mismo texto, el fallo señala que la Gaceta Legislativa sólo tiene efectos informativos, por lo que ninguna reforma publicada ahí adquiere un carácter oficial o vinculante, tal y como lo habrían pretendido los diputados de oposición.
“La Sala advirtió que el Congreso local le dio a la publicación en la Gaceta Legislativa un trato distinto al que jurídicamente le corresponde, invadiendo con ello la competencia del Poder Ejecutivo estatal”, se concluye.