Las “corcholatas” de Morena no podrán participar en mítines o proselitismo: TEPJF
De acuerdo con el TEPJF, este tipo de actos de las "corcholatas" se consideran proselitismo y vulneran los procesos electorales
Indigo StaffEste martes, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) por el que se aplican medidas cautelares en contra de las llamadas “corcholatas” de Morena.
La #SalaSuperior del #TEPJF confirmó medidas cautelares de tutela preventiva ordenadas a personas servidoras públicas con motivo de actos que podrían ser ilícitos en el marco de los próximos procesos locales en el Edomex y Coahuila, así como el federal.
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— TEPJF (@TEPJF_informa) July 19, 2022
De ese modo, el TEPJF determinó que los funcionarios de Morena y el propio partido deben abstenerse de participar en mítines como los de Coahuila y Estado de México al considerar que son posiblemente ilícitos.
De acuerdo con el TEPJF, este tipo de actos se consideran proselitismo y vulneran los procesos electorales por lo que sólo aplicarán para aquellos funcionarios que participaron en el acto denunciado en Coahuila.
Durante una sesión privada, la Sala Superior del TEPJF precisó que estas medidas cautelares no aplicarán para el canciller Marcelo Ebrard y otros denunciados debido a que no participaron en el acto mencionado.
Incluso, el antecedente del caso es una queja del PRD por presuntos actos anticipados de campaña de quienes son señalados como aspirantes a la contienda presidencial de 2024, así como de las elecciones locales en 2023 en Coahuila y en el Estado de México.
Si bien ese punto lo resolverá de fondo la Sala Especializada del TEPJF y, en su caso, impondrá sanciones, la Sala Superior resolvió hoy sobre la impugnación a lo resuelto por la Comisión de Quejas y Denuncias del INE, en el sentido de la prohibición mencionada, bajo la consideración de que la asamblea de Coahuila podría ser un acto ilícito.
Esa resolución del INE fue el 5 de julio pasado y, tras las impugnaciones respectivas, la Sala Superior resolvió en lo que toca a la citada emisión de la “tutela preventiva” que en los hechos es una prohibición o llamado a abstenerse de participar en ese tipo de reuniones.
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Así, con los votos en contra de la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso (ponente del proyecto) y de los magistrados Felipe Alfredo Fuentes Barrera y José Luis Vargas Valdez, la Sala Superior confirmó parcialmente el acuerdo dictado por la Comisión de Quejas y Denuncias del INE en el que ordenó a Morena, a su presidente nacional y a diversas personas servidoras públicas abstenerse de organizar, convocar y realizar eventos proselitistas iguales o similares a los celebrados el 12 y 26 de junio en el Estado de México y Coahuila, porque podrían vulnerar los principios que rigen a los procesos electorales.
Finalmente, a propuesta del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, la Sala Superior confirmó las medidas cautelares por lo que hace a Claudia Sheinbaum Pardo, jefa de Gobierno de la Ciudad de México; Adán Augusto López Hernández, secretario de Gobernación Federal; Ricardo Monreal Ávila, senador de la República; Moisés Ignacio Mier Velazco, diputado federal; Aleida Alavez Ruíz, diputada federal; Evelyn Cecia Salgado Pineda, gobernadora de Guerrero; Mario Martín Delgado Carrillo, presidente nacional de Morena y de este partido, personas denunciadas y que participaron de forma activa o preponderante, en el evento motivo de la queja presentada por el PRD.